Más de 900.000 autónomos reciben este viernes la prestación por cese de actividad
Se han presentado ya más de un millón de solicitudes, de las cuales se ha aprobado el 97%
El número de autónomos que ha recibido este viernes la prestación extraordinaria por cese de actividad, el llamado paro de los autónomos, que ha sido flexibilizado tras el estallido de la emergencia sanitaria, asciende a 919.173, por un importe total de 670,9 millones de euros, según ha anunciado este viernes el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través de una nota. Esta cifra no será la definitiva, como ya ha anunciado el titular del departamento, José Luis Escrivá, que ha adelantado que sus previsiones indican que las solicitudes llegarán a 1,4 millones. De hecho, el propio comunicado ya señala que hasta el 15 de abril han pedido la prestación más de un millón de trabajadores (del total de 3,2 millones de autónomos que hay en España), y que se ha dado luz verde el 97,3% de ellas.
Esta es una ayuda extraordinaria, aprobada por decreto el pasado 17 de marzo, que tiene el objetivo de garantizar un ingreso a todos los trabajadores por cuenta propia que hayan sido obligados a cerrar su actividad a causa de la declaración del Estado de alarma o hayan sufrido una drástica reducción de sus ingresos, igual o superior al 75% con respecto al semestre anterior. Cobrarla no supone una merma de derechos sobre la prestación ordenaría por cese de actividad ya acumulada.
Los autónomos que reúnan estos requisitos y estén dados de alta en la Seguridad Social pueden solicitar la prestación, aunque no hayan cotizado durante 12 meses, el tiempo mínimo que se exige en condiciones normales para tener acceso a la prestación. Su cuantía está fijada en el 70% de la base reguladora, es decir que ascenderá por lo menos a 661 euros para quienes coticen por la base mínima (de 944,40 euros para 2020) o no puedan acreditar el periodo mínimo de cotización. Quienes se beneficien de ella, además, están exonerados de pagar la cuota mensual a la Seguridad Social, que este año son 286 euros si se cotiza por la base mínima este año. En el régimen de autónomos, como norma general se elige la base por la que se cotiza (no en el régimen general o de asalariados que suele corresponderse con el salario) y el 85% de los profesionales por cuenta propia lo hace por la mínima.
Esta prestación extraordinaria, que mayoritariamente gestionan las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, tiene una duración de un mes, con la posibilidad de ampliarse hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. El periodo en que se perciba, además, se considera como cotizado de cara a la Seguridad Social y no computará para las prestaciones que se puedan recibir en el futuro. Es decir, es como si se tratara de un paréntesis en la vida laboral del profesional tras el cual el contador vuelve a la situación anterior. Por ello, tampoco perderá las eventuales bonificaciones de las que se estuviera beneficiando antes de la declaración del estado de alarma.
Comercio y hostelería, los sectores más golpeados
El régimen de autónomos es hasta ahora el que menos afiliados ha perdido en lo que va de crisis, algo más del 1% frente al casi 6% de caída entre asalariados.
De acuerdo con el ministerio, las comunidades donde se han registrado más solicitudes de prestaciones por cese de actividad en términos relativos son Andalucía (19,45% del total), Cataluña (15,35%), Comunidad Valenciana (12,85%) y Madrid (12,42%), mientras que los sectores que más peticiones han presentado son el comercio y la hostelería, dos de las actividades más golpeadas por la crisis y obligadas a cerrar por el estado de alarma, seguidos por la construcción.
Esta prestación es una de las ayudas que ha puesto en marcha el Gobierno para intentar frenar la sangría económica desatada por la pandemia. Entre ellas, la moratoria de seis meses en las cuotas a la Seguridad Social y en la hipoteca de las oficinas y locales comerciales para pymes y autónomos, el diferimiento de un mes la presentación de las autoliquidaciones para actividades con facturación inferior a 600.000 o el aplazamiento de impuestos hasta 30.000 euros durante seis meses, con tres de carencia.
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