IAG blinda su capital de inversores extracomunitarios antes del Brexit
El grupo de aerolíneas limita al 47,5% la presencia de accionistas de fuera de la UE en su capital
El consejo de administración de IAG ha decidido limitar al 47,5% el capital máximo en manos de accionistas extranjeros que no procedan de la Unión Europea, con el fin de salvaguardar sus derechos de vuelo, sobre todo de sus filiales españolas, Iberia y Vueling, según ha informado este lunes la aerolínea. La decisión se interpreta como un primer paso del grupo para afrontar un Brexit duro. No obstante, esta iniciativa no afecta de momento a los inversores británicos, por lo que si el Reino Unido sale de la UE sin acuerdo, IAG deberá adoptar medidas adicionales para que la mayoría de su capital sea comunitario como exige Bruselas.
International Airlines Group (IAG) ha informado este lunes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que limitaba al 47,5% el capital máximo no comunitario, aunque a continuación precisaba que la medida no afectaba a los ciudadanos británicos, a los que sigue considerando de la UE. “Las personas británicas no son ni serán tratadas como personas No EU (extracomunitarios) y que, en consecuencia, no están ni estarán sujetas a las restricciones a la adquisición de acciones mencionadas en este anuncio, salvo que IAG notifique a los accionistas otra cosa. IAG no tiene planes de emitir dicha notificación”, indica IAG en el hecho relevante.
Preservar los derechos de vuelo de Iberia y Vueling
Fuentes del grupo presidido por el británico Willie Walsh aseguran que esta decisión busca preservar los derechos de vuelo de Iberia, Vueling y Air Lingus. La normativa europea señala que si la participación de accionistas extranjeros supera el 50% las aerolíneas se arriesgan a perder los permisos de vuelo. Por eso, el grupo explica que “el nivel de propiedad del capital social por parte de personas no UE ha alcanzado el 47,5%”. Es decir, deja entrever que el resto de las acciones, que están en manos de inversores comunitarios, es del 52,5%, sin precisar cuál es el reparto entre británicos y el resto de países de la UE.
El grupo IAG se suma así a compañías como EasyJet y Ryanair, que han adoptado medidas similares conforme a sus respectivos estatutos para poner un tope a los inversores considerados no comunitarios, aunque estas dos últimas han ido más allá al incluir en las limitaciones de los derechos de voto a los accionistas británicos. Actualmente, Qatar Airways es el primer accionista de IAG con el 21,4%, por delante del fondo Capital Research (10%), Europacific Growth (5,261%), Lansdowne (3,95%) e Invesco (1,1%).
De hecho, la propia IAG ha aclarado que su anuncio no es una medida defensiva frente al Brexit. “Este anuncio no se relaciona con el Brexit. Conforme a la regulación de la UE, las aerolíneas de IAG deben ser de propiedad mayoritaria y controladas por accionistas de la UE. Estamos adoptando esta medida con el fin de asegurar que este es al caso”, ha precisado una portavoz del holding.
Bruselas exige que la mayoría del capital sea comunitario
En cualquier caso, la decisión se produce en un momento en el que IAG busca cómo afrontar las restricciones que tendría ante la posibilidad de que el Reino Unido abandone la UE sin acuerdo, cuyo plazo vence el 29 de marzo. Bruselas ha advertido de que excluirá a las compañías aéras cuyo capital es mayoritariamente extracomunitario. En este contexto, IAG trata de adoptar las decisiones corporativas para cumplir con estas restricciones. Pero la Comisión Europea no ha aceptado hasta ahora los argumentos planteados por España y por Iberia. El Ejecutivo comunitario se remite al reglamento europeo que exige que más del 50% de la propiedad de la compañía, así como su control efectivo, recaigan en los Estados miembros o en sus nacionales. Así que crece la presión para el holding de aerolíneas conforme se acerca el 29 de marzo, fecha prevista para la separación.
En el comunicado remitido a la CNMV, donde blinda su capital de accionistas extracomunitarios al 47,5%, IAG advierte: “No se puede garantizar que dicho máximo permitido vaya a ser eliminado en el futuro ni, en su caso, cuando sería eliminado”. Esta coletilla deja la puerta abierta a ampliar la limitación para salvar los efectos del Brexit.
En cualquier caso, el grupo advierte de que si una persona de fuera de la EU compra una acción de IAG “será considerada por el consejo de administración como una acción afectada por este comunicado y se le cursará la correspondiente notificación”. En este caso, tanto los derechos de voto como los derechos políticos quedarían en suspenso. Además, este accionista extracomunitario dispondrá de 10 días para vender los títulos. “De tal forma que ninguna persona no UE sea titular, directa o indirectamente, o tenga un interés sobre las mismas”. IAG introduce además un procedimiento para adquirir las acciones sobre las que tenga dudas de que la propiedad sea comunitaria. Una vía que podría ayudarle a cumplir ante el Brexit.
La semana pasada, IAG, matriz de Iberia, Vueling, British Airways y Air Lingus, aseguró que “es una compañía española”, y que “cumplirá con la normativa aplicable sobre propiedad y control, tanto en Reino Unido como en la UE, después del Brexit”.
El secretario de Estado de Transportes, Pedro Saura, subrayó entonces: “Pensamos que Iberia es europea y cumple las condiciones de control y accionarial”.
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