Primer juicio contra Glovo por las condiciones que impone a sus repartidores
Un antiguo empleado demanda a la empresa catalana para demostrar que los servicios que prestaba constituyen en realidad una relación laboral


Isaac Cuende fue en septiembre de 2015, a los pocos meses de nacer Glovo, uno de los primeros repartidores en Madrid de la empresa catalana que se encarga de llevar a sus clientes desde una cajetilla de tabaco hasta el último superventas de Almudena Grandes. Pero su relación con la start-up se fue deteriorando hasta que la compañía le envió un correo electrónico para informarle de que prescindía de sus servicios. El miércoles se convirtió en otro tipo de pionero: es el primero en llevarla a los tribunales bajo la acusación de encubrir una relación laboral en un mero intercambio de servicios.
La demanda, de la que se espera una sentencia en las próximas semanas, se une al goteo de conflictos judiciales y con Trabajo de empresas como Glovo, Deliveroo o Stuart, que se valen de la tecnología para diluir al máximo la relación laboral con las personas sin las que les resultaría imposible realizar su actividad.
En su escrito a la juez, Cuende presenta tres demandas: por resolución de contrato, por despido tácito y despido explícito. Pero todas ellas se resumen en el sentimiento de engaño que este hombre de 52 años sintió en los dos años que prestó sus servicios a Glovo.
“Empecé a sentir que no tenía libertad. Pese a que en teoría no tenía ninguna relación laboral con ellos y era solo un free-lance, tenía que trabajar cuando y como ellos dijeran”, explica. El fondo del debate es si lo que hacía Cuende y otros tantos esforzados ciclistas o motoristas se engloba dentro de una relación laboral o mercantil. “Para mí, es una relación laboral como la copa de un pino”, zanja la cuestión su abogado, Luis Suárez.
“Tendremos que ir caso a caso y, en función de los hechos concretos y no de apreciaciones o juicios de valor, determinar si concurren las notas típicas que definen el contrato de trabajo. O por el contrario, como sostenemos nosotros, se resuelve que la relación es la propia de un autónomo dependiente o no dependiente”, responde Marita Rancé, directora de legal de Glovo.
El conflicto entre Cuende y Glovo no es una excepción. El juzgado de lo social número 6 de Valencia dictaminó el mes pasado que Víctor Sánchez, un repartidor de Deliveroo, era en realidad un falso autónomo al que se debería haber considerado como trabajador por cuenta ajena. Además, la Inspección de Trabajo ya ha expedientado a Deliveroo en Valencia, Madrid y Barcelona y ha obligado a la compañía a dar de alta a lo que ellos denominan riders. Este paso conlleva el pago por parte de Deliveroo de cantidades millonarias -1,3 millones solo en Barcelona-, por cotizaciones impagadas y su recargo correspondiente.
Cuende relata una serie de mecanismos que la empresa desarrolló para forzar a lo que ellos llaman glovers –“Yo prefiero decir simplemente repartidor”, dice él- a acatar unas condiciones laborales sobre las que él y sus compañeros no tenían ninguna influencia, y que solo podían o acatar o irse al paro.
En octubre del año pasado, Cuende cayó enfermo. Luego tuvo un accidente con la moto con la que hacía sus repartos. En ambas ocasiones, el sistema informático de Glovo le bajaba la puntuación, repercutiendo negativamente en el número de horas que podía trabajar.
“Para tener una buena puntuación, influye la valoración del cliente, que trabajes en las horas de más demanda (los fines de semana o, por ejemplo, cuando hay partidos de fútbol), tu histórico de pedidos y que aceptes que el pedido se te asigne automáticamente, sin tener que dar el visto bueno. El resumen de todo esto es que si no haces lo que ellos quieren, te quedas sin trabajo”, protesta Cuende por un sistema que no duda en calificar de “casi esclavista”. Según sus cálculos, para lograr un sueldo neto de 1.000 euros al mes tenía que repartir a toda velocidad durante más de 12 horas, seis días a la semana.
Cuende insiste en que, al acudir a los tribunales, su mayor interés es hacer que otras personas en su misma situación se unan para reivindicar sus derechos. Su abogado da un paso más, y arremete contra un modelo que considera que devuelve a los trabajadores al siglo XVIII. "Resulta que con la economía digital volvemos al arrendamiento de trabajo regulado en el Código Civil antes de la Revolución Industrial y del movimiento obrero. En este modelo, no hay ni jornada laboral ni seguridad de que te den trabajo ni negociación colectiva ni nada. Es la imagen moderna de la explotación", concluye Suárez.
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