María León, condenada a pagar una multa de 5.700 euros por el incidente con la policía local de Sevilla en 2022
La jueza la considera a la actriz responsable de un delito de resistencia y lesiones, pero la absuelve del de desobediencia. Contra la sentencia cabe recurso de apelación


La titular del Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla ha condenado a la actriz María León al pago de una multa de 5.700 euros por el altercado con la Policía Local de Sevilla en la madrugada del 1 de octubre de 2022. La jueza la considera autora de un delito de resistencia y otro de leve de lesiones, pero la absuelve del de desobediencia. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.
En su escrito, la magistrada considera probado que la intérprete sevillana “movida por el ánimo de oponerse a la actuación policial y asumiendo causar con ello un menoscabo físico a la agente, forcejeó y lanzó un puñetazo con el brazo izquierdo a la agente en la mejilla derecha, perdió el equilibrio y cayó al suelo, desde donde le lanzó también una patada al tiempo que se dirigía a ella diciéndole: ‘hija de puta, zorra”. También considera probado que “nuevamente desde el suelo”, León “trató de eludir a los agentes, intentando huir de los mismos, hasta que le dieron alcance, reteniéndola contra una valla, donde la agente trató de ponerle los grilletes”, mientras ella “gritaba que no la tocaran”.
Esa agresión sucedió poco después de que León, junto con otros compañeros que estaban participando en la fiesta de fin de rodaje de una serie, increparan a los agentes por haber detenido a uno de ellos, que circulaba ebrio en una bicicleta con una copa en la mano. La jueza en todo momento se atiene a la versión que de los hechos ofrecieron los tres agentes que ejercieron la acusación particular, frente a la de León y el resto de testigos de su grupo, por entender que “su relato resulta detallado, coherente y coincidente entre sí en los aspectos esenciales que afectan a la sucesión de los hechos”.
Uno de esos momentos es cuando los policías esposan a la actriz. Mientras que los agentes aseguran que ella estaba de pie, los acusados sostuvieron que estaba en el suelo, para justificar la conducta de la actriz. La magistrada considera que los coacusados y los testigos “incurrieron en contradicciones sobre dónde se encontraban ellos exactamente”, en ese momento y, además, tiene en consideración uno de los vídeos admitidos como prueba en el que se observa “a la acusada de pie, por lo que, coincidiendo gran parte de los testigos en que ella cayó al suelo, debe concluirse que las imágenes no recogen la secuencia que nos ocupa, por lo que tampoco resulta concluyente para sustentar la versión exculpatoria ofrecida”.

Tampoco ha estimado la jueza el informe de dos psicólogos afirmando que León padece claustrofobia, como ella misma alegó durante su declaración en el juicio, que tuvo lugar el pasado 14 de marzo. La actriz aseguró que, precisamente, fue por ese trastorno por lo que salió del vehículo, pero que en ningún caso tuvo la intención de huir del mismo. La agresión por la que ha sido condenada se produjo, precisamente, cuando los agentes fueron tras ellas cuando escapó del coche de policía en el que la habían introducido para trasladarla a dependencias policiales y proceder a su identificación, ya que no la llevaba consigo cuando se la pidieron.
Para rechazar la eximente de alteración psicológica o eximente incompleta por el estado de ansiedad, como pedía la defensa de la intérprete por su claustrofobia, la jueza también se apoya en el vídeo que la propia actriz grabó mientras se encontraba dentro del vehículo. “En el minuto 3:01 de la grabación se ve su cara, sonriendo, y no parece alterada, a pesar de que lleva más de medio minuto dentro del vehículo”, recoge el escrito. La magistrada hace alusión a otra grabación, realizada ya en el trayecto de León hacia la comisaría, tras la agresión a la agente, en el que “simplemente se escucha una respiración acelerada y decir ‘qué fuerte”. “Por todo lo anterior no se estima posible concluir de forma taxativa, como afirman los peritos, que el originador del estrés diagnosticado fuera el primer periodo de tiempo en el interior del vehículo, y no el segundo, una vez producida su detención, situación que, por otra parte, también pudiera ser eventual generador de ansiedad o estrés”.
León deberá pagar una multa de 4.800 euros por un delito de resistencia y otra de 900 euros por un delito leve de lesiones, concurriendo la atenuante de reparación del daño y, además, deberá indemnizar a la agente lesionada con otros 100 euros, que se deducirán de la cantidad de 150 euros que la actriz consignó al inicio del juicio oral. La jueza ha absuelto a los otros dos acusados, que estaban imputados por los tres mismos delitos que la intérprete, de todos sus cargos.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Sobre la firma
