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Bruselas facilita las subvenciones a los campos de golf

Entra en vigor la nueva Política Agraria Común (PAC) con importantes modificaciones sobre la regulación actual

Vista del club Aloha Golf en Marbella.
Vista del club Aloha Golf en Marbella.Jorge Zapata (EFE)

La Política Agrícola Común (PAC), que entró en vigor el pasado 1 de enero, implantará cambios relevantes y deja la puerta abierta a asuntos polémicos como que terrenos de aeropuertos o campos de golf puedan percibir subvenciones, algo que se debatió en el pasado. Bruselas, que ha aprobado esta reforma intermedia —que será revisada en 2020— da la opción a cada Estado para que defina que activo puede ser perceptor de los pagos europeos.

Bruselas da un paso más en esta flexibilización y simplificación de las exigencias para que también puedan percibir ayudas los solicitantes hoy incluidos en la lista negra donde se hallan superficies de aeropuertos, de campos de golf o terrenos de urbanizadoras e inmobiliarias. En la actualidad, para que estas sociedades cobren las ayudas, hay tres exigencias: que el importe anual de los pagos sea al menos inferior al 5% de los ingresos totales de las actividades no agrarias; que las actividades agrarias no sean insignificantes y que el objeto social principal consista en el ejercicio de la actividad agraria. En el futuro bastaría con que cumplan solo una de esas tres condiciones.

Además, la PAC simplifica y flexibiliza la figura del agricultor activo; flexibiliza las exigencias medioambientales; aumenta de la ayuda para la incorporación de los jóvenes; reconoce la dehesa como pasto permanente y potencia el papel de las organizaciones de productores para planificar las producciones de los socios con el fin de adaptar la oferta a la demanda.

En diferentes medios agrarios no se ha entendido la posición de Bruselas de abrir ampliar el abanico de posibilidades para el cobro de los pagos directos en un momento en el que todo apunta a un recorte global de los fondos. Además, esta posición choca con el primer documento de orientación de la propia Comisión sobre la futura reforma emitido a finales de noviembre, donde se apuntó como destinatarios de las ayudas, no ya a los activos, sino a quienes vivan de la actividad agraria. Para el Ministerio de Agricultura los agricultores activos serán los perceptores prioritarios de los fondos y rechaza que superficies no ligadas a la actividad agraria puedan cobrar fondos que suponen casi 5.000 millones al año.

Cada Estado decide los pagos

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Actualmente, por decisión de la Administración española, los agricultores prioritarios de las ayudas son aquellos que desarrollan actividad agraria y que al menos un 20% de sus ingresos corresponden a la venta de sus productos, pudiendo ser el 80% de ayudas. Esta reforma da la opción a cada Estado miembro de reconocer o no la figura de agricultor activo y la posibilidad de exigir que los mismos se hallen inscritos en el registro nacional por su actividad agrícola a efectos fiscales y de la seguridad social.

Con esa reforma Bruselas pretende mejorar la posición de los agricultores en la cadena alimentaria frente al peso dominante de una parte de la industria y de la gran distribución. En esta línea, mediante una exención de la normativa de la competencia, las organizaciones profesionales podrán llevar a cabo negociaciones contractuales, planificar la producción de sus socios, adaptar la oferta a la demanda y negociar en común los términos de los contratos de la totalidad o de parte de sus socios.

La reforma prohibe el uso de productos fitosanitarios en las superficies de interés ecológico y flexibiliza las exigencias para el cobre del pago verde por el que se obliga dejar un 5% de tierra sin cultivar cuando la explotación supere las 15 hectáreas. En el caso de la incorporación de los jóvenes, se incrementa del 25% al 50% la ayuda complementaria existente para este colectivo. La ayuda asociada o ligada a la producción se podrá aplicar sin la necesidad de mantener los actuales niveles de producción, lo que supone coincidir con la política seguida por la Administración española. Igualmente se da la opción a cada país para aplicar una reducción en los pagos por encima de los 150.000 euros por explotación.

Más dinero para los pequeños

España aplica hoy una reducción del 5% a las cantidades que superen esa cifra, deducidos une serie de gastos de explotación. En la reciente comunicación sobre orientaciones de cara a la próxima reforma, la Comisión señala la necesidad de que los pagos directos lleguen a las pequeñas y medianas explotaciones y corregir la situación actual donde el 20% de las peticiones se llevan el 80%, de los fondos, aunque en ese 20% haya muchas sociedades cooperativas con miles de socios.

Para España es importante que la reforma contemple una nueva definición de pastos permanentes a efectos de ayudas recogiendo la petición de Agricultura. Hasta la fecha únicamente se pueden considerar superficies elegibles si tienen más de un 50% cubierto con especies herbáceas o responden a prácticas tradicionales locales. Con la reforma se incluyen como pastos permanentes los millones de hectáreas de ecosistemas mediterráneos como la dehesa, hoy parcialmente excluida y penalizada.

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