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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

CNMV: ‘policía’ del conocimiento

Las entidades deben garantizar que se informe de forma clara a los inversores sobre los productos y servicios de inversión

Sebastián Albella, presidente de la CNMV.
Sebastián Albella, presidente de la CNMV.Ángel Díaz (EFE)

Hace apenas un año, y en estas mismas páginas, dábamos cuenta de las nuevas exigencias que la nueva Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros, conocida como MIFID-II, iba a imponer en términos de cualificación financiera a todos los profesionales de entidades financieras que asesoran, o simplemente informan, sobre productos e instrumentos de inversión. Se trataba con ello de evitar que en el futuro se vuelvan a repetir los errores cometidos en la comercialización de productos financieros, que a su vez ha provocado un importante daño reputacional a un sector, el financiero y especialmente el bancario, cuya razón de ser descansa precisamente en la confianza.

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En este sentido, la mencionada Directiva exige a las entidades garantizar que a sus clientes inversores se les provee con información clara y relevante sobre los productos y servicios de inversión, así como que los productos que se les ofrece en cada momento son los que mejor se adecúan a sus necesidades financieras y objetivos de inversión. Pero no solo eso, sino que se establece la exigencia de que las entidades aseguren y demuestren que todos los profesionales que asesoran y/o informan a clientes sobre instrumentos y servicios de inversión poseen los necesarios conocimientos y competencias, para lo cual delega la concreción de esas exigencias en las autoridades competentes, es decir, la Autoridad Europea de Mercados de Valores (ESMA), y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Tras las primeras directrices emitidas por ESMA hace poco más de un año, la CNMV acaba de publicar (con carácter consultivo) su guía técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora, incluyendo los contenidos mínimos de la formación a garantizar a los profesionales, que lógicamente son mucho más exigentes para quienes asesoran que para quienes sólo informan.

La importancia otorgada a esas exigencias de formación y cualificación queda suficientemente resaltada desde el momento en que se responsabiliza a la Unidad de Cumplimiento Normativo de garantizar que todos los profesionales involucrados (en asesoramiento o en información) han recibido la formación acorde a sus funciones a realizar, y han superado las correspondientes pruebas de evaluación, con el rigor e independencia exigibles.

Sin duda, esta exigencia que deberá de cumplirse el 1 de enero de 2018 por parte de todas las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y sociedades gestoras de entidades de inversión de tipo cerrado, que operan en nuestro país, es un paso en la dirección correcta que garantiza que en el seno de la Unión Europea contemos con su sistema financiero sólido, bien formado y que presta los servicios a sus clientes atendiendo a la profesionalidad, al rigor y a los estándares máximos de calidad a nivel internacional.

Angel Berges es miembro del Grupo Consultivo de EBA y vicepresidente de Afi.

Mónica Guardado es directora general de Afi Escuela de Finanzas.

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