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El Supremo frena los recursos sobre claúsulas suelo a la espera de Europa

El tribunal suspende las resoluciones para evitar discrepancias

Reyes Rincón
Afectados por la claúsula suelo durante una concentración en Madrid, en 2013, contra las cláusulas suelo y los abusos hipotecarios de la banca.
Afectados por la claúsula suelo durante una concentración en Madrid, en 2013, contra las cláusulas suelo y los abusos hipotecarios de la banca.EFE

El Tribunal Supremo no resolverá ningún caso relacionado con la retroactividad de las cláusulas suelo hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicte su sentencia sobre este asunto. El alto tribunal ha suspendido las vistas y las sentencias de los recursos de casación pendientes para evitar que sus conclusiones discrepen de la solución que se adopte en Luxemburgo.

El Supremo ya suspendió el pasado 12 de abril una vista fijada para el 4 de mayo del recurso que presentó Unicaja contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén que anuló la cláusula suelo de una hipoteca y condenó al banco a devolver lo cobrado indebidamente desde que se firmó el contrato.

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En el auto en el que suspendió la vista, el Supremo argumenta su decisión en que el recurso de Unicaja está “directamente relacionado con la cuestión prejudicial” que está pendiente de resolverse en Luxemburgo. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se espera para final de año y hasta entonces, según fuentes del Supremo, no se resolverá ningún otro caso.

La decisión afecta a decenas de recursos presentados por hipotecados a los que otro tribunal han negado la retroactividad completa en la devolución de la cláusula suelo, en aplicación de la doctrina actual del Supremo. Pero también hay impugnaciones pendientes presentadas por bancos que, como en el caso paralizado de Unicaja, se oponen a sentencias de instancias inferiores que han desobedecido la doctrina vigente y han reconocido la retroactividad completa.

El caso sobre el que se tiene que pronunciar el tribunal europeo parte de una cuestión prejudicial planteada por un juez de lo Mercantil de Granada, Enrique Sanjuán. El magistrado, ahora en la Audiencia de Almería, asegura que la planteó “por convicción propia”. “Si declaramos algo nulo porque decimos que el contrato no se entendió, debe ser nulo desde el origen”, afirma el juez.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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