El Supremo anula una sanción fiscal de 1,3 millones a Ivan de la Peña
El Alto Tribunal considera que la Agencia Tributaria superó en 172 días el plazo legal para llevar a cabo las actuaciones inspectoras


La Sala tercera del Tribunal Supremo ha decidido anular la liquidación y sanción de Hacienda al ex futbolista Iván de la Peña por 1,3 millones de euros por los IRPF de 1998 y 2001. El Alto Tribunal considera que las actuaciones inspectoras están prescritas al superar en 172 días el plazo legal.
El Supremo ha estimado dos recursos del exfutbolista del FC Barcelona y RCD Espanyol contra sendas sentencias de la Audiencia Nacional sobre la actuación de Hacienda en este caso. En el caso del IRPF de 1998, la Agencia Tributaria concluyó con una liquidación de 525.921 euros de cuota más 144.176 de sanción; y en el de 2001, con una liquidación de 678.213 euros. En total, la liquidación y las multas ascendían a 1.348.310 euros.
Las actuaciones inspectoras a Iván de la Peña se inició por parte de la dependencia regional de inspección de Cataluña el 8 de mayo de 2003 y finalizaron el 8 de agosto de 2006, es decir, que tuvieron una duración de 1.187 días. Es decir, casi tres años y cuatro meses.
Ahora, el Supremo estima las alegaciones del exfutbolista en el sentido de que Hacienda le achacó de forma injustificada dilaciones o entorpecimiento en la inspección, por lo que con la duración de la Inspección se incumplió el plazo máximo para que ésta sea efectuada que se recoge en el artículo 29 de la ley 1/1998, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, y que en este caso el propio Tribunal Económico Regional calculó en 1.015 días, lo que se superó en 172 días los 1.187 días durante los que se prolongaron las actuaciones.
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