El Constitucional suspende la tasa sobre depósitos bancarios de Cataluña
El Gobierno decidió litigar contra este impuesto aprobado por Cataluña porque ya existe un tributo estatal similar

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra el impuesto sobre los depósitos bancarios. El Ejecutivo central alega que ya existe un tributo similar en el sistema tributario estatal lo que hace incompatible el impuesto autonómico.
Cataluña esperaba recaudar 635 millones por este impuesto
El pleno del Constitucional ha acordado también suspender de forma automática la norma recurrida al haber invocado el Ejecutivo la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que dispone que "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.
La Generalitat de Cataluña había previsto ingresar unos 635 millones de euros este año por el impuesto sobre los depósitos de las entidades de crédito, según figura en los Presupuestos autonómicos para 2015.
El Gobierno repartirá lo que ingrese por la tasa estatal. Cataluña recibirá 65 millones
Este impuesto es uno de los más polémicos del sistema tributario español. Hace menos de un mes, el Gobierno acordó con todas las comunidades autónomas la distribución de la recaudación del tributo. El acuerdo consistió en distribuir la recaudación en función del número de oficinas que las entidades de crédito tenían en cada comunidad y los ahorros depositados en ellas. De esta forma, Madrid obtendrá el próximo año 122,4 millones de euros por este impuesto, el doble de lo que conseguirá Cataluña, que ingresará 65,6 millones de euros.
El Ministerio de Hacienda espera ingresar este año 316 millones por el impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito (IDEC). El Gobierno creó este polémico tributo en 2012 para evitar que se extendiera por las comunidades y para tratar de homogeneizar el tratamiento la regulación de este tributo, pero no fue hasta el pasado verano cuando decidió que los bancos empezaran a pagar por él. Entonces estableció que el tipo de gravamen que tendrían que pagar las entidades financieras por los ahorros de sus clientes pasaría del 0% al 0,03%.
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