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CONSEJO DE MINISTROS

Hacienda retendrá ingresos a las comunidades que demoren pagos

El consejo de ministros aprueba la Ley de Control de Deuda Comercial del Sector Público

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría (c), junto a los ministros de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón (i), e Industria, José Manuel Soria, en la rueda del consejo de ministros.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría (c), junto a los ministros de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón (i), e Industria, José Manuel Soria, en la rueda del consejo de ministros.Uly Martín

El Consejo de Ministros ha remitido este viernes al Congreso el proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público para su tramitación por procedimiento de urgencia, que contempla la posibilidad de que las administraciones y organismos dependientes puedan ver retenidos los recursos que reciben del Estado si su periodo medio de pago a los proveedores supera los 30 días máximos que fija la ley de morosidad.

Las administraciones públicas, que tendrán que publicar el período medio de sus pagos, dispondrán de un Plan de Tesorería que garantice que éstos se producen en un plazo no superior a 30 días, y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hará un seguimiento del cumplimiento de estos periodos.

El incumplimiento del período medio de pago pondrá en marcha un sistema automático y progresivo de medidas de control.

Si el período medio de pago supera los 30 días, deberá incluir en la actualización de su Plan de Tesorería inmediatamente posterior el importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago de proveedores para reducir la mora a 30 días, así como el compromiso de adoptar medidas para generar la tesorería necesaria para cumplir con el plazo legal.

Medidas automáticas

Cuando el período medio de pago de las comunidades autónomas supere en más de 30 días el plazo legal (60 días) durante dos meses consecutivos desde la actualización de su plan de tesorería, se pondrá en marcha una batería de medidas.

En primer lugar, el Ministerio de Hacienda comunicará el importe que mensualmente deberá dedicar a pagar proveedores, así como las medidas cuantificadas a adoptar para generar la tesorería necesaria para reducir los plazos de pago.

A continuación, la comunidad autónoma adoptará un acuerdo de no disponibilidad por la misma cuantía, todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo precisarán de autorización del Estado y el Gobierno autonómico deberá incluir nuevas medidas en su plan de tesorería para cumplir el plazo máximo de pago de 30 días.

Si estas medidas no consiguen reconducir su período medio de pago en dos meses, el Ministerio de Hacienda iniciará el procedimiento de retención de los importes a satisfacer por los recursos de los regímenes de financiación y pagará directamente a los proveedores de las comunidades autónomas.

Medidas coercitivas

Asimismo, el proyecto de Ley incluye las medidas coercitivas previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dejarán de aplicarse cuando la comunidad autónoma cumpla durante seis meses consecutivos con el plazo legal de pago.

A partir de la aplicación de las medidas de corrección anteriores, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá determinar el acceso obligatorio de las comunidades autónomas en los mecanismos adicionales de financiación vigentes.

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