Precisiones sobre el rescate bancario
Los fondos no van a prestarse directamente al Estado, sino al FROB
Los fondos EFSF y ESM han sido creados como cortafuegos para demostrar a los inversores que el área euro (AE) dispone de un sistema común para hacer frente a la insolvencia de estados miembros. En julio de 2011, se permitió que pudieran también hacer frente a la insolvencia de bancos, pero prestando directamente a los estados miembros y no a los bancos.
En el caso español, dichos fondos no van a prestarse directamente al Estado sino al FROB que es el fondo que ya fue creado hace dos años con el fin de reestructurar el sector bancario pero que tiene la garantía del Estado, luego es asimilable. Es decir, España es el primer estado miembro que va a utilizar esta facilidad. Conviene hacer algunas precisiones sobre este asunto y sobre algunos conceptos que suelen confundirse.
En primer lugar, la situación de los bancos en España no es tan grave como se percibe. El reciente informe del FMI sobre la situación bancaria española, afirma que la mayor proporción del sistema bancario está en buena situación pero que existen vulnerabilidades a las que hay que hacer frente.
Clasifica los bancos españoles en cuatro grupos clasificados de mejor a peor situación. El primero contiene los dos bancos internacionales que representan el 33% de los activos bancarios totales (el 50% en términos consolidados) y el 75% de los beneficios. El segundo está compuesto por los bancos, antes cajas, que no han recibido ayuda alguna, que representan el 17% de los activos domésticos, que están concentrados en hipotecas de viviendas con menor riesgo.
El tercero contiene los bancos, antes cajas, que ya han recibido ayudas del Estado o del FROB, que representan el 22% de los activos domésticos y que son los más expuestos al sector inmobiliario, al de la construcción con un 19% del total y al del suelo. Finalmente, el cuarto está compuesto por bancos medianos y pequeños que representan el 11% de los activos, que están especializados en crédito a empresas y que también tienen exposición inmobiliaria pero bastante menor que el anterior.
En segundo lugar, el rescate de los bancos no tiene nada que ver con el rescate del Estado, dado que su endeudamiento está por debajo de la media del AE y muy por debajo de los tres estados rescatados. Por el contrario, el sector privado está endeudado bastante por encima de la media ponderada del AE, pero está reduciendo su tasa muy rápidamente.
En tercer lugar, dicho rescate bancario llevará consigo "condicionalidad", es decir, la imposición de condiciones como la obligación del FROB de tomar medidas adicionales y rápidas para mejorar la situación bancaria, pero no "intervención" directa. La Comisión Europea ya ha puesto cierta condicionalidad en términos de reformas fiscales y estructurales al Estado español a cambio de alargar un año más el plazo de cumplimiento del 3% del PIB déficit público consolidado.
Asimismo, existe un reciente documento de la Comisión sobre medidas para mejorar los sistemas nacionales de resolución bancaria que señala las medidas necesarias para intentar evitar futuras crisis bancarias y que podría apuntar algunas condiciones que podrían ser exigidas con el préstamo del EFSF al FROB. Estas se dividen en tres tipos: de preparación y de prevención, de intervención precoz y finalmente, de resolución.
En cuarto lugar, es muy importante que este rescate bancario termine costando lo menos posible a los contribuyentes así como a otras partidas esenciales del gasto público, que han tenido que ser recortadas temporalmente para cumplir los objetivos de déficit público. De cara al futuro, convendría establecer un sistema jurídico que permita que paguen, en primer lugar, los accionistas perdiendo su capital y los acreedores subordinados y los bonistas, convirtiendo sus derechos acreedores en capital.
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