La CNMV advirtió siete veces sobre las emisiones de Nueva Rumasa
El regulador animaba a los ahorradores a informarse acerca de la "situación jurídica y económico-financiera de la entidad" antes de invertir
Nueva Rumasa ha captado financiación de pequeños inversores desde 2009 mediante una serie de emisiones. El grupo de la familia Ruiz Mateos ha podido escapar del control de la CNMV ya que las características de las operaciones (el importe nominal era de 50.000 euros y no intervenía ninguna entidad financiera en la colocación de los pagarés) las dejaban fuera del ámbito de supervisión del organismo presidido por Julio Segura. A pesar de ello, la CNMV, acogiéndose al principio de protección a los inversores recogido en la Ley del Mercado de Valores, ha publicado hasta siete comunicados advirtiendo de los riesgos de las colocaciones de Nueva Rumasa. Estas advertencias se pueden revisar en la página web del supervisor.
Una de estos avisos hacía referencia, precisamente, a Clesa, compañía que ha solicitado el preconcurso de acreedores. El pasado mes de diciembre el grupo lácteo publicitó una operación de aumento de capital que en un principio tenía como objetivo alcanzar los cuatro millones de nuevas participaciones sociales, ofreciéndose a sus destinatarios la posibilidad de convertirse en socios de la mencionada entidad, mediante la suscripción de las mismas desde 3.300 euros.
El vacío legal dejaba escaso margen de actuación a la CNMV. En sus comunicados esta se limitaba a recomendar a los potenciales inversores que recabasen la información necesaria y la asistencia financiera especializada acerca de las características de las emisiones. Como si intuyera los problemas de liquidez actuales de Nueva Rumasa, la CNMV también animaba a los ahorradores a informarse acerca de la "situación jurídica y económico-financiera de la entidad" antes de tomar una decisión de inversión.
Nueva Rumasa no consolida como un holding, así que si las entidades que emitieron los pagarés entran en concurso de acreedores, comenzará un proceso para saldar las deudas bajo la tutela de los administradores concursales. En ese caso, entraría en juego el orden de prelación de los distintos acreedores.
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