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El Gobierno reduce los costes y trámites para abrir un negocio

Aprobada la Ley del Comercio Minorista, que permite abrir establecimientos sin autorización

El Gobierno deja en manos de las Comunidades Autónomas el régimen de autorizaciones para la apertura a los comercios, después de que hoy aprobase la nueva Ley del Comercio Minorista que elimina la licencia de establecimiento. El texto desecha también la denominación de gran establecimiento y prohíbe los límites comerciales, como los de competencia, a la instalación de nuevas tiendas.

Sí considera, no obstante, que el impacto que un comercio pueda tener en el medio ambiente, el entorno urbano o el patrimonio histórico-cultural, son razones suficientes para que las comunidades exijan a los comerciantes una justificación para la apertura.

Lo mismo ocurre con el tamaño de las tiendas, cuyo impacto podría ser motivo de regulación, para lamento de las grandes superficies. La Comisión Nacional de Competencia, de hecho, considera que las autonomías mantienen su poder para intervenir en el procedimiento de autorización para la instalación de establecimientos comerciales, limitando el libre mercado y, por tanto, la competencia.

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El Ministerio de Industria defiende, sin embargo, que la nueva Ley se inspira en la libertad de empresa y que, de este modo, incrementará la seguridad jurídica y creará empleo. La vicepresidenta primera del Gobierno, Mª Teresa Fernández de la Vega, aclaró, además, tras la reunión del Consejo de Ministros, que con esta normativa se cumple con los objetivos que establece la directiva europea de servicios en el mercado interior.

Por otra parte, otras de las modificaciones de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista es que suprime la autorización previa en la venta automática, elimina la duración de las autorizaciones para la venta ambulante y sustituye la obligación de inscripción previa del inicio de la actividad en los registros de ventas a distancias y de franquiciadores, por una comunicación.

Además, en los casos en que España pudiera ser sancionada en un procedimiento de infracción europeo cuyo origen esté en la legislación autonómica de comercio, las posibles sanciones se trasladarán a la CCAA correspondiente.

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