Un agujero en la ley
Pedro Martínez vivió, enfermó y murió en la primera comunidad autónoma que reguló el derecho a morir dignamente en España. Pero él no pudo beneficiarse de esa ley. Los responsables de sanidad andaluza sostuvieron que la norma, aprobada en marzo de 2010, iba a apurar al máximo los límites que marca el Código Penal. Es decir, el suicidio asistido y la eutanasia se quedaron fuera.
Casos como el de Pedro demuestran que la norma, aunque supuso un paso al frente hacia la humanización de la muerte, tiene agujeros. No porque se hiciera mal, sino porque la crueldad de algunas enfermedades no entiende de leyes ni de debates sociales o morales.
La Consejería de Salud andaluza conocía el caso de Pedro. Los responsables de cuidados paliativos del hospital más cercano a su domicilio le visitaron y estudiaron sus circunstancias. Pero entendieron que lo que él pedía no era legal. La situación del enfermo era irreversible, sin tratamiento posible ni opciones de mejora. Tres conceptos que entran dentro de los imprescindibles para determinar que un paciente puede beneficiarse de los derechos que marca la ley de muerte digna. Pero los médicos entendían que todavía no era un enfermo terminal. Lo iba a ser, probablemente en dos semanas, en un mes... Pero aún no lo era. Ahí es donde la ley le falló a Pedro.
La norma andaluza fijó el derecho de todos los pacientes a rechazar tratamientos, a recibir sedaciones paliativas cuando se encuentren en "situación terminal o de agonía", a pedir la retirada de medidas de soporte vital que solo contribuyan a prolongar en el tiempo "una situación clínica carente de expectativas". Desde que se aprobó la ley, varios pacientes con ELA, la misma enfermedad que sufría Pedro, han acortado sus últimos días de sufrimiento con una sedación aplicada por médicos. Unos eligen morir en sus casas, rodeados de sus familiares, sus libros, sus muebles, su entorno. Otros prefieren hacerlo en un hospital, con los médicos que les han tratado, los enfermeros que les han cuidado y la compañía de su familia.
Pero Pedro no estaba conectado a ninguna máquina ni había ningún tratamiento que rechazar ni, según los médicos, había entrado en situación de agonía. Pero para él su sufrimiento ya era insoportable y no quería que se prolongara.
La norma andaluza convirtió en premisa un ideal: "El derecho a una vida humana digna no se puede truncar con una muerte indigna". Los médicos que veían a Pedro opinaban que todavía no había llegado a esta situación. Él entendía que sí y decidió en consecuencia.
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