Las 'pymes' tendrán un año para adaptarse al código de consumo
La nueva normativa llega al Parlament un poco edulcorada
Las grandes empresas tendrán en Cataluña seis meses para adaptarse al nuevo Código de Consumo de Cataluña. A las pequeñas y las medianas, finalmente, se les permite un periodo de gracia de un año. La nueva normativa, que llega hoy al Parlament, pretende, según explicó Jordi Anguera, director de la Agencia Catalana de Consumo, que el consumidor disponga de maneras rápidas y gratuitas de reclamar sus derechos. Aunque el texto incluye bastantes novedades, algunas pequeñas batallas, como la de los teléfonos de atención al cliente gratuitos, han quedado algo edulcoradas en la propuesta final, tras las enmiendas de los grupos políticos. El refuerzo al uso del catalán y el aumento de las sanciones salen adelante.
La falta leve, antes multada con hasta 3.000 euros, ahora podrá costar 10.000
- El teléfono gratuito de atención al cliente sólo será obligatorio en las empresas de servicios básicos, como las de suministro eléctrico y de agua. Para el resto de compañías, a las que en el texto inicial sí se les exigía, finalmente, sólo se les pide que de disponer del mismo por voluntad propia, no tenga tarificación adicional, como ocurre con los que comienzan con 908.
- Las empresas deberán tener un seguro que garantice los pagos por adelantado, de manera que en caso de quiebra o problemas para dar el servicio puedan devolver el dinero. Este concepto nuevo tiene, finalmente, una condición: las cantidades avanzadas deben superar el 25% del importe total de la transacción, y esta debe superar los 100 euros.
- El arbitraje se impone como vía preferente para solucionar los conflictos entre consumidor y empresa. Es un servicio gratuito proporcionado por la Generalitat. La decisión que el experto que ejerza como árbitro tome es vinculante, como si se tratara de una decisión judicial. La Generalitat deberá tener en cuenta como mérito que una empresa participe en el sistema de arbitrajes para otorgar concursos públicos.
- Una empresa podrá cortar el servicio (por ejemplo, una compañía telefónica, la línea) sólo si hay, al menos, dos facturas impagadas, y sobre ellas no se ha abierto ningún proceso de reclamación. Además, darse de baja de un servicio debe ser igual de fácil que darse de alta en el mismo.
- Las facturas, la publicidad y todo tipo de prospecto deberán estar en catalán. A pesar de que el Partido Popular y Ciutadans se oponían, la normativa refuerza el uso de esta lengua en las empresas. El código se ampara en el Estatuto y la Ley de Política Lingüística de 1998, que prevé sanciones para la empresa que no informe al cliente "al menos" en catalán.
- Las sanciones crecen. Las faltas leves, que en la antigua normativa de 1990 se multaban con hasta 500.000 pesetas (3.000 euros), ahora tendrán sanciones de hasta 10.000 euros. Las graves, pasan de sanciones de entre 3.000 y 30.000 euros a suponer multas de entre 10.000 y 100.000 euros. Las muy graves, antes multadas con más de 300.000 euros, ahora se penalizan con sanciones de un millón de euros como mínimo
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