Realojos selectivos para evitar guetos
Las familias pagan entre 60 y 110 euros mensuales de renta por el piso
Madrid todavía tiene cuatro poblados chabolistas importantes, al margen de los asentamientos nuevos y espontáneos que han surgido en distintos distritos en los últimos años. Sobre ellos penden los planes especiales municipales y autonómicos, que con una inversión de 110 millones ya los da por difuntos.
Una vez desaparecido El Cañaveral (en Vicálvaro, donde residían 118 familias) hace pocos meses, los siguientes pasos se dan en Santa Catalina, Las Mimbreras (con 121 familias, aunque técnicamente no es un poblado, sino un barrio de tipología especial, que significa que sobre viviendas modestas creció un bosque de chabolas), el Ventorro (con 89 familias), y el más complejo en La Cañada.
Hace ya años que el propósito del realojo es que la nueva vivienda esté cerca del viejo barrio por mantener la escolarización de los niños, pero sobre todo que sea en bloques donde no haya otras familias que provengan de la misma situación. "Se ha comprobado que si no se montan guetos", comenta uno de los trabajadores del IRIS (Instituto de Realojamiento e Integración Social).
Su director gerente, Javier Ramírez, considera que el poblado de Santa Catalina estará desmontado entre julio y octubre de este año, pero precisa que la labor del IRIS no es tanto el realojamiento "como la integración total de estas personas, incluido el ámbito laboral o sanitario".
Cada familia tiene un seguimiento de entre tres y cinco años por parte de un trabajador social. Los alquileres que pagan por sus pisos son de unos 110 euros mensuales, aunque después, como casi todas son familias numerosas, el montante se rebaja a 60 euros.
Requisitos básicos
- Estar empadronado en el poblado chabolista antes del 31 de diciembre de 2004.
- No ser menor de 25 años y sin hijos.
- Ganar menos de 432,5 euros al mes entre todos los miembros de la familia. La cifra corresponde a una renta inferior a 3,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
- La familia realojada no puede tener otros bienes inmuebles.
- No haber recibido una vivienda de protección oficial en los 20 años anteriores a la petición.
- No haber rechazado con anterioridad otra vivienda del IRIS.
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