El caso del niño obeso
El caso de Moisés, el niño orensano que padece obesidad mórbida e insuficiencia respiratoria grave, ha generado una sucesión de opiniones tan descabelladas que convendría empezar a poner las cosas en su sitio. Lo que más me llama la atención es la confusión de planos en la que continuamente se incurre, alimentada con argumentos emotivos e irracionales, que si bien puede ser explicable en determinadas personas (singularmente en el entorno familiar del niño), no debe ser admitida en otras a las que, por su profesión o por sus especiales conocimientos, se les exige operar exclusivamente con criterios de racionalidad.
Una cosa es que se discuta la decisión que en su día adoptó la Xunta de Galicia, consistente en asumir temporalmente la tutela del niño y en ingresarlo en un centro de protección de menores, y otra cosa, muy distinta, es que los argumentos de esa discusión se utilicen para justificar que los padres desobedezcan a la autoridad, retengan ilegalmente a su hijo y dejen de cumplir deberes inherentes a la patria potestad, dado que de este modo se está avalando la comisión de tres delitos tipificados en nuestro Código penal.
El respaldo a la negativa de los padres a obedecer supone una apología de la desobediencia civil
En una sociedad democrática, que se rige por el imperio de la ley, debería estar fuera de toda controversia que Moisés tiene que ser entregado al Servicio de menores de la Xunta, a la vista de la existencia de una resolución de la Administración autonómica dictada en cumplimiento de la normativa vigente (la ley de protección jurídica del menor), en la que se declara la situación de desamparo del niño, se asume su tutela y, consecuentemente, se suspende provisionalmente la patria potestad de los padres. Como es obvio, nadie puede poner en tela de juicio el derecho de éstos a impugnar dicha resolución, pero se ignora (o se silencia interesadamente) que los padres ya interpusieron el correspondiente recurso ante la autoridad judicial, solicitando su suspensión cautelar, y que tal petición fue rechazada por el juez competente con el visto bueno del fiscal de menores.
Por consiguiente, con independencia de que la resolución de la Xunta pueda ser revisada o corregida en el futuro, lo único que de momento tenemos claro es que los padres están privados legalmente de la tutela de Moisés y que por ello deben cumplir la orden de la autoridad administrativa y judicial de entregarlo al servicio de protección de menores. Y de ahí que su negativa a obedecer, respaldada y coreada por personas y asociaciones de variada índole, suponga lisa y llanamente una apología de la desobediencia civil, a través de la cual se pretende hacer prevalecer la ética individual o la de un determinado grupo social sobre el principio democrático, con la agravante añadida de que esa pretensión comporta, al propio tiempo, indiciariamente la comisión de delitos castigados con penas de cierta gravedad.
Así las cosas, el fiscal y el juez del Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense (que se ocupan sólo de perseguir los delitos y no de la cuestión relativa a la tutela de Moisés) se limitaron a cumplir con su deber, al impulsar y abrir diligencias penales por los delitos presuntamente cometidos. Y, por lo que alcanzo a ver, dentro del margen de arbitrio que les confiere la ley, lo han venido haciendo con una prudencia y una sindéresis dignas de elogio. En cambio, todas las afirmaciones y juicios de valor que frente a esta actuación judicial se han realizado por parte de psicólogos, educadores, sociólogos, endocrinos, literatos, tertulianos en general y asociaciones diversas (dirigidos en la mayoría de los casos a descubrirnos novedades tan relevantes como que los padres quieren mucho a sus hijos), carecen de todo sentido por ser lógica y jurídicamente impertinentes.
La discusión comenzará a ser pertinente una vez que Moisés haya sido devuelto a quien legalmente tiene su tutela. Únicamente entonces, y a la vista del estado del niño, se podrá entrar a debatir una cuestión ciertamente compleja, en la cual yo naturalmente no puedo entrar porque no poseo información suficiente sobre el tema y porque carezco de los conocimientos profesionales necesarios, singularmente los pertenecientes a las diferentes especialidades médicas (imagino que cuando menos cuatro) implicadas en la valoración del caso.
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