Más bandera que protección
El llamado blindaje del Concierto Económico se ha convertido antes en una bandera política que en un mecanismo jurídico de protección del instrumento singular que regula las relaciones financieras entre el País Vasco y el Estado. El Concierto como tal no necesita ninguna cobertura, porque lo ampara la Constitución. Lo que se pretende con él es impedir que puedan recurrirse ante la jurisdicción ordinaria las normas fiscales que aprueban las Juntas Generales (diputaciones) de los territorios en virtud de la capacidad normativa que concede el Concierto. Como las disposiciones de esas cámaras provinciales, titulares de dicha potestad, no tienen el rango de ley, su control de legalidad corresponde a los tribunales de lo contencioso-administrativo, de forma que pueden ser impugnadas por cualquier persona física o jurídica.
La conveniencia de restringir esa posibilidad elevando su enjuiciamiento al Tribunal Constitucional se suscitó por el rosario de recursos interpuestos desde las comunidades limítrofes contra los polémicos incentivos tributarios a la inversión (las llamadas vacaciones fiscales) fijados en los años noventa, que llevaron a la Comisión Europea a poner su lupa sobre ellos, y al Tribunal Supremo a derogar en 2005 gran parte de impuesto vasco de sociedades.
Tras el espaldarazo dado por el Tribunal de Justicia de la UE en 2008 a la capacidad vasca de fijar una tributación diferenciada para sus empresas, se ha reducido mucho la urgencia de ese blindaje, que podría procurarse en Euskadi con fórmulas más sencillas. Pero el PNV ha aprovechado su posición negociadora ante los presupuestos del Estado y la adhesión general que el Concierto tiene en el País Vasco para jugar esa carta y forzar las reformas necesarias de las leyes del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial.
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