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La interrupción del embarazo

El Consejo de Estado deja una vía para que la menor aborte sola

Propone que se informe a los padres salvo que la chica alegue "grave conflicto" - Apoya la ley de plazos pero recomienda que se reduzca de 14 a 12 semanas

Mónica Ceberio Belaza

El Gobierno se mostró ayer "satisfecho" con el informe del Consejo de Estado porque avala por unanimidad la constitucionalidad de su ley del aborto con sistema de plazos, pero tendrá que mejorar la forma y el fondo de algunas cuestiones. No están bien resueltos, según el órgano consultivo del Ejecutivo, el sistema de penas, la información que se le va a dar a las mujeres que deseen abortar y cómo se articula el que los médicos antiabortistas no formen parte del comité clínico que autorizará las interrupciones del embarazo posteriores a la semana 22. Los consejeros, en un texto cuyo contenido se dio a conocer ayer, lanzaron una propuesta para las menores de 16 y 17 años: que puedan decidir por sí mismas pero informando a sus padres. Eso sí, cuando contárselo suponga un "grave conflicto" quedarían exentas de esta obligación.

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"La garantía del feto debe buscarse en la información a la madre gestante"
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Esta es la fórmula que propone el Consejo de Estado: la menor tendrá que completar un documento en el que conste su consentimiento y en el que su padre o madre afirmen que conocen la decisión de la chica. En caso de desacuerdo, prevalecerá la voluntad de la madre gestante. Pero "si la menor expusiera fundadas razones que hicieran suponer que el hecho de informar a sus padres puede desencadenar un grave conflicto entre su decisión y la que pudieran eventualmente aconsejar los titulares de la patria potestad, será suficiente su declaración". El Consejo de Estado no aclara lo más complicado: si se verificaría de alguna manera que existe ese grave conflicto.

El Gobierno, que tiene previsto aprobar el proyecto de ley el próximo viernes si es posible, está aún pensando cómo hacer las modificaciones pertinentes sobre los puntos que sugiere el Consejo de Estado y que quiere incluir en el texto. Con una excepción. En principio no habrá cambios en cuanto a las menores de 16 y 17 años; esta cuestión se dejará para el trámite parlamentario.

El Consejo de Estado defiende la constitucionalidad de la ley de plazos. El artículo 15 de la Constitución señala que "todos tienen derecho a la vida". ¿"Todos" se refiere a todas las personas o incluye a fetos y embriones? El dictamen señala que la doctrina del Tribunal Constitucional es clara: el nasciturus no tiene derecho a la vida, pero sí es un bien jurídico protegido, por lo que el legislador tiene que resolver el conflicto que se da en los casos de aborto.

El sistema de plazos "no es incompatible con la interpretación que el Tribunal Constitucional dio al artículo 15", según los consejeros. Dicen que durante las 14 semanas de plazo libre para abortar, la unión del feto con la madre es tal que debe ser determinante la libre opción de la mujer. Por otro lado, "no resulta lógico suponer en la mujer gestante una voluntad malévola y ni siquiera arbitraria a la hora de decidir sobre la continuación de su embarazo", sino que debe partirse de su responsabilidad. A partir de aquí, "la garantía del bien jurídico que el feto implica debe buscarse mediante una información adecuada a la madre gestante sobre lo que la interrupción voluntaria del embarazo es -y supone- y sobre las ayudas que, en caso de continuar con el embarazo, puede obtener durante la gestación y después del nacimiento".

Eso sí, el Consejo propone que se "reconsidere" el plazo de 14 semanas y recomienda que se fije en 12 porque es la "norma más extendida" en la Unión Europea.

El consentimiento informado de la mujer, como garantía de protección al feto, debería reforzarse según el dictamen: "La información no puede ser estandarizada sino personalizada; no debe darse sólo por escrito sino también verbalmente y, para servir de garantía al bien jurídico del feto, aún sin introducir consideraciones éticas ni religiosas, ha de orientarse a la protección de la maternidad y no al fomento de la interrupción voluntaria del embarazo, ofreciendo ayuda a la madre gestante".

El texto se refiere también a la posibilidad de excluir de los comités médicos que deciden sobre los abortos posteriores a la semana 22 a aquellos médicos que se hayan manifestado contrarios al aborto. Califica este artículo como "harto confuso" y plantea algunas soluciones. Una -que es calificada como de "camino extremadamente complejo"-, que sea la mujer la que, en cada caso concreto, recuse a los médicos antiabortistas. Otra, que el comité dictamine sobre la enfermedad incurable del feto pero que no le corresponda autorizar el aborto de la mujer, sino que sea esta misma la que tome la decisión.

Sobre las penas a mujeres y a médicos que participen en abortos fuera de los supuestos legales, el dictamen recomienda que se afine la proporcionalidad de las sanciones y que se reflexione sobre las mejores medidas a adoptar frente a las mujeres.

Cartel por la despenalización del aborto mostrado en una manifestación en Valencia.
Cartel por la despenalización del aborto mostrado en una manifestación en Valencia.JESÚS CISCAR

"La ley actual ha llevado a España a una indeseable situación de aborto libre"

El Consejo de Estado hace una defensa sin ambages de la necesidad de modificar la ley actual por inoperante e insegura, por haberse convertido su aplicación en una realidad que debe ser limitada de alguna forma: "La experiencia demuestra que la aplicación de la ley de 1985, ya por sus propios defectos, ya por la interpretación laxa que se le ha dado, ya por la evolución social durante sus años de vigencia, ha llevado en España a una indeseable situación de aborto libre, cuando no arbitrario, en el que junto a un incremento notabilísimo de abortos legales siguen practicándose otros muchos en condiciones de grave riesgo sanitario. Una regulación que aunque despenalizadora del aborto era intencionalmente restrictiva ha hecho de España un paraíso del 'turismo abortista' y el lugar donde más crece el número de abortos en la Unión Europea".

"Los datos (...) muestran por sí solos la disfuncionalidad de una regulación que, cuando menos, no responde a la situación actual", continúa el dictamen, que habla de la actual "inseguridad reinante en la materia, la falta de garantías para la intimidad de la mujer y la quiebra del principio de igualdad en el acceso a las prestaciones sanitarias relacionadas con la salud reproductiva y la interrupción del embarazo: desigualdad que se acentúa respecto de los colectivos más vulnerables -como es el caso de las adolescentes y las mujeres inmigrantes- y según las distintas comunidades autónomas".

"Conviene reformar la regulación a fin de ajustarla a la realidad", concluyen los consejeros. "Porque nada es más contrario a un Estado de derecho que el divorcio radical entre las normas y su aplicación". Para que las nuevas normas funcionen sería necesario, "por un lado, erradicar una aplicación tan laxa que, como es la actual, las deforma y, de otro, dotar a la administración sanitaria de los medios personales y materiales precisos para hacerlas efectivas, lo cual en último término requiere concretas políticas educativas y presupuestarias".

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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