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Archivada una querella contra el propietario de Marina d'Or

María Fabra

El Juzgado de Instrucción número 2 de Castellón ha decretado el sobreseimiento provisional de la querella presentada contra el propietario del grupo Marina d'Or, Jesús Ger, y varios miembros del equipo de Gobierno del Ayuntamiento por los presuntos delitos de tráfico de influencias y prevaricación urbanística. La denuncia hacía referencia a la aprobación del Programa de Actuación Integrada (PAI) Les Amplàries, en la zona de expansión del actual complejo. El juez entiende que "no aparece debidamente justificada la perpetración de delito".

En lo que se refiere a la prevaricación urbanística, el juez admite que la aprobación del plan parcial se realizó sin informe favorable de la Dirección General de Costas, pero indica que "no parece que dicho informe fuera vinculante". Además, esgrime que la decisión de no derribar un edificio afectado por el plan urbanístico, inmueble que quedó fuera de ordenación, no fue una decisión "ni arbitraria ni caprichosa".

Respecto al tráfico de influencias, explica que la querella exponía un presunto trato de favor "dada la existencia de vínculos de amistad o profesionales, además de intereses patrimoniales", entre miembros del Ayuntamiento y Jesús Ger. Pero esgrime que no se han aportado pruebas que confirmen la existencia de tráfico de influencias ya que "ninguna diligencia de investigación ha podido acreditar" que el Ayuntamiento aprobara el plan "no buscando los intereses del municipio sino en virtud de vínculos de amistad o intereses económicos de los querellados".

Fuentes de Marina d'Or manifestaron ayer, tras conocer el fallo judicial, que "la denuncia fue un caso de instrumentalización irresponsable de la justicia penal para intereses particulares buscando crear una infundada alarma social como indebida arma de presión para fines privados". Los querellantes, vecinos afectados por el programa, aseguraron que recurrirán el archivo.

La Generalitat llegó a presentar una demanda por la aprobación de este PAI que calificó de "ilegal". Pero después el Consell retiró el recurso al considerar que el Ayuntamiento había cumplido con los requisitos que apuntaban la ilegalidad del programa. Según el informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio en el que se basó el recurso, "uno de los motivos de ilegalidad" era que el plan se aprobó con dos informes desfavorables de Costas. El escrito indicaba que "resulta preceptivo el informe" de Costas, que "tiene carácter vinculante". Pero la consejería decidió después que no era vinculante.

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