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Expertos se oponen a que el Parlamento imponga un mismo tipo de Sociedades

Son contrarios a aplicar la Ley de Armonización por el desajuste de Guipúzcoa

Mikel Ormazabal

La existencia en el País Vasco de tipos de gravamen del Impuesto de Sociedades diferentes -el 32,6% en Guipúzcoa y el 28% en Vizcaya y Álava- mantiene abierta la controversia política sobre la necesidad o no de corregir dicho desajuste fiscal. ¿Debería actuar el Parlamento vasco, acogiéndose a las facultades que le concede la Ley 3/1989, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal, para imponer un tipo idéntico en los tres territorios? Los expertos juristas en materia tributaria son contrarios a emplear esta vía.

Zubiri: "No parece que la diversidad fiscal dé lugar a deslocalizaciones"

Los profesores universitario Isaac Merino e Ignacio Zubiri, ambos de la UPV, y Fernando de la Hucha, de Universidad Pública de Navarra, que ayer participaron en un curso de verano de la UPV sobre armonización fiscal organizado por las Juntas Generales de Guipúzcoa, cuestionaron que el Parlamento intervenga en este asunto. Del mismo modo que censuraron la fórmula empleada por el diputado general de Guipúzcoa, el peneuvista Markel Olano, para aprobar -el último día de 2007 y en contra de su socio de gobierno (EA)-, mediante un decreto-norma un tipo del 28%, la cátedra se decantó por salvaguardar la potestad tributaria de las Juntas Generales.

Merino defendió que la armonización fiscal, tal como se concibe en el Concierto Económico, "no puede concluir en la aprobación de un derecho tributario uniforme para los tres territorios", sino que "debe desembocar en la creación de un marco jurídico común que permita la existencia de soluciones distintas para cada territorio". Sólo admitió el uso de la ley armonizadora en el caso de que las diferencias impositivas produjesen "grandes distorsiones" entre las tres provincias.

De la Hucha adoptó la postura más foralista e hizo una encendida defensa de las facultades exclusivas de los territorios para dictar impuestos: "Si somos tan liberales en la defensa de la diferenciación frente al Estado, ¿por qué no somos tan liberales para admitir la diferenciación entre territorios históricos, cuando constitucionalmente son ellos los titulares del poder tributario? ¿De qué sirve el poder tributario si después hay una espada de Damocles del Parlamento vasco que va a decir si le gusta o no esta norma?", se preguntó para oponerse a la aplicación de la Ley de Armonización. Desde su aprobación en 1989, y a falta de un desarrollo normativo pendiente, no ha sido aplicada en ninguna ocasión. "Si se deroga hoy, no pasa nada", sentenció. De la Hucha sostuvo que "la única justificación" que podría tener la armonización fiscal por el Parlamento sería "para garantizar el equilibrio entre los territorios en sus aportaciones" a la comunidad autónoma vasca.

Zubiri argumentó que "no hay razones para impedir a un territorio aprobar un tipo más alto", y sostuvo que las diferencias fiscales, "incluso de cierta magnitud, no es probable que den lugar a distorsiones significativas y deslocalizaciones".

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La secuencia

- 6 de febrero de 2007. La Diputación guipuzcoana aprueba, con la abstención de EA, un tipo del 28%.

- 26 de marzo. El ex diputado general González de Txabarri retira el proyecto de norma.

- 4 de septiembre. El Consejo de Diputados aprueba un tipo del 30%.

- 5 de diciembre. Las Juntas rechazan el 30%.

- 29 de diciembre. Markel Olano aprueba por decreto el tipo del 28%, derogado posteriormente por Juntas.

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Sobre la firma

Mikel Ormazabal
Corresponsal de EL PAÍS en el País Vasco, tarea que viene desempeñando durante los últimos 25 años. Se ocupa de la información sobre la actualidad política, económica y cultural vasca. Se licenció en Periodismo por la Universidad de Navarra en 1988. Comenzó su carrera profesional en Radiocadena Española y el diario Deia. Vive en San Sebastián.

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