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El Supremo avala que Cuatro emita en abierto

Rosario G. Gómez

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Agrupación de Operadores de Cable (AOC) contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 29 de julio de 2005, que autorizaba a Sogecable las emisiones en abierto durante las 24 horas del día, en lo que hoy es Cuatro, frente a las seis que venía ofreciendo Canal + desde su creación.

El Supremo rechaza que hubiera sido necesario un nuevo concurso, tal y como planteaba la AOC, porque la decisión de emitir 18 horas al día en pago no venía recogida en el pliego de condiciones sino que "fue una propuesta" de la empresa que obtuvo la concesión. Y argumenta que emitir más horas en abierto supone "por sí misma la extensión de un servicio público a más ciudadanos", fomenta "un mayor pluralismo" y "no ocasiona coste al erario público". Además, recuerda que el Gobierno impuso a Sogecable condiciones sobre derechos cinematográficos y deportivos para garantizar la competencia.

El magistrado Óscar González ha formulado un voto particular por entender que el cambio en la modalidad de emisión requería una nueva licitación.

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