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La Abogacía del Estado dice que jurídicamente no hay trasvase

El dictamen sostiene que el Ebro no cederá agua a las cuencas internas

El Gobierno central exhibió un ayer dictamen de la Abogacía del Estado en el que, se afirma que no se puede hablar de trasvase del Ebro a Barcelona. "Para que técnica y legalmente se pueda hablar de transferencia o trasvase resulta indispensable que se efectúen detracciones de recursos hídricos de una Demarcación Hidrográfica para transferirlos a otra".

Y por si no quedara claro, insiste: el decreto "no autoriza ni comporta un trasvase o transferencia de agua mediante captaciones adicionales a las ya existentes y legalmente conformadaas de recursos hídricos del ámbito de la Confederación Hidrográfica del Ebro".

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Como no hay trasvase, tampoco es necesario que el Gobierno de Aragón tenga que emitir un "informe preceptivo" previo al trasvase que no es. Este aspecto legal, así como la declaración de emergencia para la actuación permiten que el decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros elimine obstáculos en el tiempo: ni informe de la Junta de Aragón ni tampoco es necesaria la declaración de impacto ambiental. Bastará con un informe del Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat.

No hay extracción

La negación del trasvase se basa, sobre todo, en que no hay extracción de agua del cauce del Ebro. El origen del agua, según establece el decreto y recoge el dictamen, es doble: los excedentes del Consorcio de Tarragona y la que procede de la adquisición de derechos a los regantes. Como las cantidades ya han sido detraídas del cauce del río, no puede decirse que se extraiga más. Así, no hay transferencia del Ebro -de donde no sale, aunque en origen salga- a Barcelona. El decreto establece de modo taxativo dos exigencias de Iniciativa: el carácter temporal de la conducción y que el agua sólo puede ser utilizada para cubrir las necesidades "de consumo humano" en la provincia de Barcelona. Por tanto: "No se va a producir detracción de recursos hídricos de ninguna comunidad autónoma para trasladarlos a otra".

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Por lo demás, y pese a que no sea legalmente un trasvase, lo que hace el decreto es permitir que el agua del minitrasvase, que la ley de 1981 prohibía que saliese de la provincia de Tarragona, vaya al sistema Ter-Llobregat; es decir, las cuencas internas de Cataluña. En ningún caso se podrán superar los 50 hectómetros cúbicos.

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