_
_
_
_
Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Buscadores de Internet y privacidad

Durante los últimos meses se ha producido un notable aumento del número de casos en los que se pone en entredicho desde el punto de vista de la privacidad y la protección de datos las acciones realizadas por parte de los grandes buscadores de Internet, como Google y Yahoo.

A finales del pasado año y después de varias reuniones entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y los principales buscadores de la Red con sede en España, la AEPD hizo público desde su página web (www.agpd.es) su "Declaración sobre buscadores de Internet", en la que se analiza de forma pormenorizada el papel que juegan estos actores en lo que respecta a privacidad y protección de datos.

El funcionamiento de los buscadores de Internet no es más que un algoritmo matemático capaz de indexar, cada determinado tiempo, todos los contenidos que hayan sido publicados en Internet, sin hacer (en principio), ningún tipo de diferenciación entre contenidos. Según la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, los buscadores no son responsables respecto a los contenidos que hayan indexado automáticamente siempre que no tengan conocimiento efectivo de la ilegalidad de esta información. Cuando sí lo tengan, deberán actuar de forma diligente y proceder a su retirada o bloqueo de su fichero de resultados.

Más información
Google tendrá que olvidar tu pasado

En este sentido, la norma dispone que existe conocimiento efectivo cuando haya un pronunciamiento por parte de autoridad competente (administrativa o judicial), sobre la ilegalidad, necesidad de retirada o bloqueo del contenido, y el prestador de servicios la conozca. Es lo que ha ocurrido en el caso de Google y la sanción administrativa de un ciudadano por hacer las necesidades en la vía pública: ya hay una resolución firme de una autoridad administrativa, la Agencia Española de Protección de Datos.

No es un caso único. Si atendemos a lo dispuesto en el art. 6.4 de la Ley de Protección de Datos observamos que, realmente, cualquier titular de datos que sean objeto de tratamiento sin su consentimiento -por haber sido publicados en alguna fuente accesible al público-, puede oponerse a dicho tratamiento siempre que se cumplan dos requisitos: que una ley no disponga lo contrario y que "existan motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal". En este supuesto, el responsable del fichero deberá excluir del tratamiento los datos relativos al afectado.

Alonso Hurtado es abogado del despacho X-Novo

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_