Ocho ciudades no tienen tasado su patrimonio de solares
La figura del Patrimonio Municipal de Suelo (PMS) tiene como objetivo prioritario ser un elemento regulador del mercado de terrenos para garantizar una adecuada oferta de viviendas a precio asequible, pero, como constata la Cámara de Cuentas en su informe, ha acabado por ser una importante fuente de financiación de las entidades locales. Según la ley, se configura como un patrimonio independiente separado a todos los efectos del restante patrimonio de los municipios, y no tiene por qué ser todo el suelo municipal, sino el que específicamente se adscriba.
En ocho ayuntamientos, a la Cámara de Cuentas no le ha sido posible conocer qué bienes pertenecen al PMS y cual es su valoración: Algeciras, Almería, Cádiz, Dos Hermanas, Jerez, Níjar, Rincón de la Victoria y Torremolinos.
De los 16 ayuntamientos auditados por la Cámara, sólo siete tenían en 2004 constituidos formalmente sus patrimonios municipales de suelo de acuerdo a las nuevos criterios que introdujo la LOUA, en vigor desde enero de 2003 (Benalmádena, Dos Hermanas, Granada, Huelva, Jaén, Roquetas de Mar, Sevilla, Almería y Níjar). Pero ello no garantiza su correcta gestión ni contabilización. Otros, como Córdoba y Málaga, tienen un inventario de bienes y suelos integrados en el PMS, aunque en el caso malagueño ha incorporado a él construcciones y solares como el recinto ferial o polideportivos que nunca podrán emplearse a los fines que la ley reserva a estos patrimonios.
Planes antiguos
El ente fiscalizador llama la atención sobre la antigüedad de muchos de los planes generales de ordenación urbana vigente y la poca diligencia que ponen en revisarlos los ayuntamientos. "El excesivo retraso en la revisión del planeamiento conlleva que, en muchos casos, las propias corporaciones acudan a los convenios urbanísticos para, a través de modificaciones puntuales del plan, seguir urbanizando el suelo del municipio, lo que dificulta el desarrollo integral del mismo y la evolución sostenida del territorio", sostiene el informe.
Desde el pasado mes de enero, la Junta de Andalucía ya no admite modificaciones de elementos de los planes municipales que no hayan sido revisados para adaptarse a la LOUA, algo que apenas han hecho medio centenar de municipios. Además, desde el 1 de enero de 2006, la Ley de Vivienda Protegida y Suelo restringe la posibilidad de utilizar los ingresos obtenidos por anticipado de convenios urbanísticos, que deben quedar depositados en una cuenta especial y no ser tocados hasta que se apruebe definitivamente el plan de desarrollo que se cotemple en estos pactos.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Impuestos municipales
- Cámara Cuentas Andalucía
- Finanzas municipales
- Ordenación suelo
- Legislación urbanística
- Comunidades autónomas
- Administración autonómica
- Desarrollo urbano
- Vivienda
- Urbanismo
- Legislación
- Justicia
- Ayuntamientos
- Gobierno municipal
- Administración local
- Política municipal
- Administración pública
- Política
- Presupuestos autonómicos
- Andalucía
- Financiación autonómica
- Finanzas públicas
- España
- Finanzas