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El Supremo condena al Estado por el suicidio de un joven a la salida del hospital

En urgencias no se dio ayuda psicológica al chico, que acababa de intentar cortarse las venas

Mónica Ceberio Belaza

Un chico intenta cortarse las venas. Su familia lo encuentra y lo lleva al hospital, donde lo curan y lo dejan marchar sin prestarle ningún tipo de ayuda psicológica. El joven, de Cartagena (Murcia), se tira a las vías del tren horas después. Los padres han estado más de 10 años pidiendo una indemnización al Estado por la muerte de su hijo. Consideran que tenía una alteración mental evidente cuando fue asistido en urgencias y que el servicio de salud no cumplió con su obligación de atención y cuidado. El Supremo acaba de darles la razón: la Administración tendrá que pagar 120.000 euros.

David, de 20 años, intentó suicidarse cortándose las venas. Fue en la madrugada de 1996. Cuando los padres despertaron y vieron lo que había ocurrido, lo llevaron rápidamente al cercano hospital de Santa María del Rosell, en Cartagena (Murcia). Un médico de urgencias lo atendió, le curó las heridas -poco profundas-, le dio un antibiótico y aconsejó a la familia pedir cita con algún psiquiatra de la zona. No prescribió al paciente ningún tipo de tratamiento ni lo derivó a un servicio especializado en psiquiatría para que evaluasen las razones que lo habían empujado a querer acabar con su vida. Dijo a los padres que, probablemente, el chico sólo quería llamar la atención.

David fue después con sus padres a casa de los abuelos maternos. Al salir, no se montó en el coche, aceleró el paso y salió corriendo, según recuerda su madre, Feliciana Torresano. Intentaron seguirlo, pero había desaparecido. El padre volvió al servicio de urgencias del hospital donde el médico, alarmado, llamó a la policía inmediatamente. "Fue entonces cuando pensamos que se había producido una negligencia grave", señala Feliciana. "Ellos son los profesionales de la medicina y tendrían que saber qué hacer en casos como el de mi hijo".

10 años de lucha judicial

Pocas horas después encontraron el cuerpo de David. Se había ido derecho a las vías del tren y lo había arrollado un convoy. Desde entonces, hace 10 años y medio, los padres y el Estado han estado discutiendo en los tribunales si el servicio público de salud, que dejó marchar sin más a un joven que acababa de intentar suicidarse, tiene responsabilidad en el fallecimiento y debe indemnizar a la familia. El Supremo acaba de decidir que sí.

A pesar de darles la razón, el Alto Tribunal ha rebajado la indemnización. La familia pidió en su día 60 millones de pesetas (360,607 euros) y el Supremo ha fijado finalmente una tercera parte, 120.202 euros. "Pero ya no vamos a recurrir", explica la madre. "No estoy de acuerdo con la cantidad, pero yo lo que quería no era dinero, porque nada me va a devolver a mi hijo, sino que se reconociera que el hospital no había obrado bien, que el médico no hizo lo que debió y que, de haberlo hecho, quizás David se habría salvado".

La Audiencia Nacional decidió en 2002 que la administración no era responsable. Los magistrados argumentaron que el chico no tenía antecedentes de tratamiento psiquiátrico ni se conocía una causa concreta que pudiera justificar su conducta ni los cortes poco profundos de sus muñecas parecían indicar que su voluntad de suicidio fuera "muy firme". La resolución señalaba, también, que tanta responsabilidad cabría imputar al doctor de urgencias como a los propios padres, que no supieron retenerlo junto a ellos. El Supremo, sin embargo, ha tomado otra decisión. Más de 10 años después de la muerte de David, ha condenado a la Administración (al Ministerio de Sanidad y Consumo) a pagar 120.202 euros a la familia.

El Alto Tribunal entiende que el hecho de que el chico acudiera al hospital cuando acababa de intentar quitarse la vida implicaba, necesariamente, que su situación no era normal y que tenía "una alteración mental" que exigía un tratamiento por parte de los doctores. Así, los magistrados consideran que los servicios médicos de urgencias no tomaron las medidas adecuadas y no cumplieron con "el deber de dar una determinada respuesta médica a quien se encontraba privado de capacidad normal de discernimiento".

Concluyen que hay una relación de causalidad directa entre la omisión de los doctores y el hecho de que David, "condicionado por la alteración mental que padecía y sobre la que los médicos no pautaron medida de control alguno, se arrojase unas pocas horas más tarde a la vía del tren con ánimo de quitarse la vida, lo que efectivamente sucedió al ser atropellado por un convoy".

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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