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Análisis:ANÁLISIS | NACIONAL
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

El control de la política

La querella del Foro de Ermua contra Ibarretxe.

La pretensión de que la acción política de los Gobiernos no sea controlada por los Parlamentos, sino por los tribunales penales, ataca la primacía del principio democrático e implica un fraude constitucional

LA COMPARECENCIA el pasado miércoles del lehendakari Ibarretxe ante el juez instructor del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), en tanto que imputado en una disparatada querella promovida por el Foro de Ermua tras haber recibido en su despacho oficial a dirigentes de la disuelta Batasuna, estuvo precedida de una inaceptable orquestación callejera. Las manifestaciones y concentraciones organizadas esta semana por el PNV y el Gobierno tripartito para presionar sobre el TSJPV no carecen desgraciadamente de precedentes. Baste recordar las movilizaciones de CiU para impedir el procesamiento del presidente Pujol en el caso Banca Catalana o la masiva despedida de los socialistas al ex ministro Barrionuevo y al ex secretario de Estado Vera -condenados por el Supremo en el caso Marey- ante las puertas de la cárcel de Guadalajara (incluido el baile del corro de la patata animado por una ex ministra hoy fuera del PSOE). Algunos alcaldes del PP imputados por corrupción también han organizado durante las últimas semanas alborotadas manifestaciones de apoyo a la salida de los juzgados; Rajoy se ha limitado, por ahora, a reforzar en positivo las decisiones judiciales de su gusto, proclamando que uno de los días más felices de su vida -en competencia tal vez con el de la primera comunión- fue el de la fecha del auto de la Audiencia Nacional contra la prisión atenuada de De Juana.

Hay buenas razones para anticipar que la situación artificiosamente crispada esta semana tendrá un final distendido. El 13 de noviembre de 2006, un auto del Supremo archivó -"por no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno"- una querella interpuesta por Manos Limpias contra el presidente del Gobierno, los miembros del Consejo de Ministros y tres dirigentes del PSOE, presuntos autores de supuestos delitos cometidos en una reunión celebrada públicamente el 6 de julio de 2006 entre los socialistas vascos y representantes de la disuelta Batasuna. La fundamentación jurídica del auto no sólo pinchó el globo de la querella temeraria de Manos Limpias archivada por el alto tribunal, sino que ofrece argumentos sobrados para suponer que la querella del Foro de Ermua -no menos irresponsable- tendrá el mismo flácido destino.

El sistema de controles y contrapesos del Estado constitucional -recuerda el auto del Supremo- garantiza la limitación mutua de los poderes, el sometimiento de su ejercicio al ordenamiento jurídico y la salvaguarda de los derechos y libertades de los ciudadanos. El control propiamente dicho de la acción del Gobierno por los tribunales tiene como campo específico la potestad reglamentaria y la legalidad administrativa; el enjuiciamiento criminal de los gobernantes por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos no difiere en última instancia del tratamiento penal aplicado al resto de los ciudadanos. Pero el control del poder judicial sobre la actuación política del poder ejecutivo cede ante la primacía del principio democrático, encarnado en el poder legislativo parlamentario, responsable de llevar a cabo ese control; la puesta en marcha de un procedimiento criminal para tratar de corregir la dirección de la política interior o exterior, encomendada por la Constitución al Gobierno "legítimamente elegido", significaría "un fraude constitucional".

El instructor del caso Ibarretxe rechazó, sin embargo, el 28 de diciembre de 2006 el sobreseimiento, solicitado por la defensa a la vista de ese significativo precedente. El motivo formal justificador de esa negativa sería la falta de coincidencia entre ambos procedimientos en lo que respecta a querellantes y querellados, tipos delictivos y grado de responsabilidad de los imputados. Pero el prejuicio ideológico subyacente al adivinable propósito del TSJPV de hacer pagar al lehendakari la humillante pena de banquillo por medio de este provocador y absurdo proceso es la incapacidad de entender que el obiter dictum del auto del Supremo acerca de la primacía del principio democrático -encarnado en las Cortes Generales cuando se trata de controlar la acción política del Gobierno central- también es aplicable por lógica constitucional al Parlamento vasco.

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