El Congreso endurece la Ley del Menor con la oposición del PP e IU
Niños y adolescentes víctimas o testigos de delitos no tendrán que declarar ante el agresor
Endurecimiento de las medidas de internamiento y posible traslado a las cárceles de los delincuentes jóvenes al cumplir los 18 años. Los puntos más polémicos del proyecto de reforma de la Ley del Menor se han mantenido tras su paso por el Congreso. El texto, que se aprobó ayer en el pleno, recibió el voto en contra, por distintas razones, del Partido Popular y de Izquierda Unida, socio parlamentario del Gobierno. Se modifica, además, la Ley de Enjuiciamiento Criminal para proteger a los menores víctimas o testigos de delitos, que no tendrán que declarar delante del agresor.
El debate sobre la reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor despertó ayer muy poco interés en el hemiciclo. Apenas una treintena de diputados estuvieron presentes en la discusión sobre la modificación de esta norma, que en sus puntos más criticados se ha mantenido igual que en el proyecto aprobado hace cinco meses por el Gobierno. Se endurecen los castigos, con medidas de internamiento que pueden llegar hasta los 10 años, y se establece la posibilidad de que el juez, cuando el menor que esté en un reformatorio cumpla los 18 años, sea enviado a una cárcel. Al cumplir los 21, el traslado es automático, "salvo circunstancias excepcionales".
Carme Rodríguez, la portavoz de IU, que vota por primera vez en esta legislatura en contra de su socio parlamentario, acusó al Gobierno de legislar "a golpe de titular", por la alarma social que han creado ciertos crímenes cometidos por menores y defendió que "no hay razones objetivas" para cambiar la ley. El PP rechazó el texto por no establecer cómo se va a financiar y pidió que se endurezcan aún más las medidas y que se pueda aplicar la ley a los menores de entre 12 y 14 que cometan delitos graves. El texto pasará ahora al Senado.
Los cambios más relevantes que se han introducido en esta fase parlamentaria son dos. El primero, que la Ley del Menor finalmente se podrá aplicar a las personas de entre 18 y 21 años que no sean reincidentes y que no hayan cometido delitos graves. El segundo, que será un mismo juez el encargado de ejecutar todas las medidas que se impongan a un menor que tenga varias sentencias condenatorias, para que se pueda poner en marcha un proyecto de reinserción unitario. Se ha incluido también una disposición para que el Consejo de Política Fiscal y Financiera haga una evaluación del gasto que va a suponer la reforma para las Comunidades Autónomas, que son las encargadas de la ejecución de estas sanciones.
Estas son otras de las principales reformas aprobadas respecto a la ley vigente.
- Pertenencia a bandas. Si el menor que delinque pertenece o actúa al servicio de una banda, organización o asociación, se le podrá imponer una medida de internamiento incluso aunque el delito no sea grave ni violento.
- Órdenes de alejamiento. Los jueces podrán imponer al menor una orden de alejamiento de la víctima y sus familiares, así como de su domicilio, centro docente o lugar de trabajo. Se trata de una medida con la que se pretende combatir el acoso escolar, prohibiendo al agresor acudir a la escuela de la víctima.
- Protección a las víctimas. Aunque no quieran ser parte en el procedimiento penal, tendrán derecho a que se les comuniquen todas aquellas resoluciones que puedan afectar a sus intereses.
- Audiencia Nacional. Cuando el menor cometa un delito de terrorismo, se tramitará el proceso en el Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional.
- Declaraciones ante el juez. La reforma aprovecha para cambiar también la Ley de Enjuiciamiento Criminal. A partir de ahora, los menores testigos y víctimas de delitos no tendrán en ningún momento una confrontación visual con el acusado y se podrá usar la videoconferencia en su declaración.
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