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La Audiencia de Madrid reabre un caso de sedación de Leganés

Los magistrados piden que se escuche a un médico de la acusación

Oriol Güell

La Audiencia de Madrid ha admitido el recurso de apelación presentado por la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias (Avinesa) contra el archivo de la primera querella contra un médico del hospital Severo Ochoa de Leganés por una sedación. La Audiencia ordena al Juzgado de Instrucción número 3 de Leganés que reabra el caso y llame a declarar a los médicos aportados por Avinesa.

El auto, dictado por la Sección 17ª de la Audiencia, considera acreditado que el magistrado-juez José María Escribano Lacleriga ha incurrido en una "irregularidad procesal" al archivar el casi sin llamar a declarar al médico autor de un informe aportado por la acusación.

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El juez tuvo en cuenta cinco informes antes de archivar el caso: dos presentados por la defensa, uno por la acusación, otro por el médico forense (parte independiente) y el último eran las conclusiones de la comisión Lamela. Este último acusaba a los médicos de Leganés de aplicar 73 sedaciones irregulares.

Según el recurso de Avinesa, el juez llamó a declarar a los autores de los dos informes de la defensa para que se ratificaran en lo expuesto en su trabajo. Pero no hizo lo mismo con el autor del informe de la acusación. Este informe cuestiona la utilización del fármaco Midazolam en la sedación aplicada al paciente Cándido P. I., de 78 años y que murió en las urgencias del Severo Ochoa. Los magistrados de la Audiencia consideran ahora que este hecho ha dejado en situación de "indefensión" a la hija del fallecido. Fuentes del caso han explicado que el médico de la acusación ha sido llamado a declarar el próximo 8 de junio.

Cándido P. I. murió en el Severo Ochoa el 22 de octubre de 2003. La familia sostiene que sufría Enfermedad Obstructiva Crónica (EPOC), pero que su estado de salud no era lo suficientemente grave como para causarle la muerte. La familia vincula el uso de Midazolam a la muerte del paciente, ya que, sostiene, este medicamento está contraindicado en los casos de EPOC.

El médico que le aplicó la sedación, en cambio, considera que, cuando llegó al centro, el paciente sufría una "reagudización de su EPOC" que le sumió en una situación agónica terminal no recuperable.

El facultativo, además, sostiene que respetó todos los protocolos nacionales e internacionales en la materia. "Hicimos todo lo posible por salvarle la vida", afirmó el pasado 24 de febrero, tras conocer el archivo de su caso.

La versión del médico fue ratificada por los peritos aportados por la defensa, lo que llevó al magistrado de Leganés a sostener que "hay una falta absoluta de indicios" de criminalidad en el caso y que la actuación del médico acusado fue "correcta, adecuada y acorde con los cánones de la ciencia médica". No haberle aplicado la sedación a Cándido P. I. hubiera sido, según el auto, "inhumano". Sobre el Midazolam, el juez consideró que "es uno de los fármacos más utilizados para las sedaciones" y que la muerte del enfermo no se puede achacar al fármaco, sino "a la evolución desfavorable de la enfermedad".

El de Cándido P. I. es uno de los cuatro casos denunciados en los tribunales sobre supuestas sedaciones irregulares aplicadas en urgencias de Leganés. Tres son de particulares y el cuarto fue presentado por el consejero de Sanidad de Madrid, Manuel Lamela, sobre 73 sedaciones.

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Sobre la firma

Oriol Güell
Redactor de temas sanitarios, área a la que ha dedicado la mitad de los más de 20 años que lleva en EL PAÍS. También ha formado parte del equipo de investigación del diario y escribió con Luís Montes el libro ‘El caso Leganés’. Es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Autónoma de Barcelona y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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