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Un juez rebate al Gobierno y otorga la residencia a una marroquí

M. H., una ciudadana marroquí, tendrá permiso de trabajo y residencia después de que un juzgado haya anulado la resolución de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana que inadmitió a trámite esta petición por "ser manifiestamente carente de fundamento" y le conceda el derecho a que "le sea expedido".

Esta trabajadora recurrió la decisión a través del sindicato CC OO al entender que la Administración debía haber detallado la denegación, lo que, entre otros aspectos, considera el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia, que expone que la resolución "debe dejar constancia de la causa de denegación de lo solicitado" de forma que al peticionario "no le quede duda sobre la falta que impide la concesión de lo solicitado".

Y añade: "No ocurre así en este caso, pues solo en el acto de la vista pudo el recurrente saber con exactitud cual era la causa real de la inadmisión a trámite y ello se evidencia de la lectura atenta de la demanda presentada". Al considerarse acreditada la fecha de empadronamiento en un municipio anterior previo a la fecha estipulada en el pasado proceso de regularización "y presentada en tiempo y forma el resto de la documentación exigible", el tribunal ha decidido admitir la demanda por "no ser posible deducir la causa alegada por la Administración".

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