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La nueva regulación catalana sobre la presidencia de las cajas excluye cualquier función ejecutiva

Castells defiende el "equilibrio ajustado" de poderes entre el presidente y el director general

Los "retoques" en la ley de cajas catalana, que previsiblemente serán aprobados por la Generalitat el próximo martes, regulan por primera vez las funciones del presidente de estas entidades. El nuevo artículo que se introduce con este fin deja claro que el poder ejecutivo permanecerá, al menos sobre el papel, en manos del director general. Novedades como que el cargo de presidente pueda ser remunerado "en función de la dedicación" o como que los estatutos de la entidad deban "prever un régimen de incompatibilidades" del presidente habían sembrado reticencias en algunas cajas, por la posibilidad de que la figura del presidente se implicara de forma activa en la gestión y se desvirtuara así el modelo catalán de cajas.

En la normativa catalana de cajas -que entre otros cambios ya conocidos alargará los mandatos de cuatro a seis años- el cargo de presidente se ventilaba en apenas un párrafo. El nuevo artículo (33bis) regulará ahora sus funciones. El texto le atribuye siete, más allá de las que los estatutos de cada entidad o el consejo de administración de ésta dictamine. Ninguna función es ejecutiva.

Las tareas consistirán en representar a la institución y a las entidades que dependan de ella, en convocar y presidir las asambleas y las reuniones del consejo de administración, en actuar como representante de la entidad ante los organismos corporativos del sector y ante los órganos reguladores, en firmar contratos y convenios con las administraciones públicas y en velar para que se cumplan las normas que conciernan a las cajas.

"La responsabilidad ejecutiva de las cajas recae en sus directores generales. Así es y así será", insistió ayer al respecto el consejero de Economía, Antoni Castells, partidario de reformas "ponderadas, sensatas y puntuales" para "garantizar que el modelo catalán de cajas funcione".

Pese a su defensa del "equilibrio muy ajustado" entre el presidente y el director general -distinto de otros modelos vigentes en otras autonomías-, y consciente de las reticencias de algunos de los cambios introducidos, el consejero defendió la necesidad de ir aplicando reformas "para que las cosas funcionen" y llamó al sector a no caer en "actitudes conservadoras".

Fuentes de Economía insistieron en la "autorregulación" que se propone al sector, y en particular cuando se deja en manos de cada caja si decide que su presidente pueda cobrar. La filosofía del Gobierno catalán considera "mejor que éste cobre de la entidad que no de otra parte, sobre todo en entidades de mayor tamaño que requieren mayor dedicación". Hoy, los presidentes no perciben más que dietas, y compensan su remuneración en los consejos de empresas, de la caja o no, y en otras instituciones.

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La decisión de alargar los mandatos de cuatro a seis años, igual que dicta la normativa estatal, ha sido bien recibida por el sector, como señal de estabilidad. Pero, cuando se aplique la medida, una veintena de consejeros se encontrarán con que su permanencia les hará superar el tope legal de 12 años permitidos para permanecer en el puesto. Con "carácter excepcional", la Generalitat permitirá que se supere este tope, de modo que los afectados podrán seguir como consejeros, según los casos, hasta 2009 o 2012.

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