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Condena al SAS por medicar sin permiso a una paciente

El Juzgado de lo Contencioso Número 1 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar 77.555 euros a los padres de una paciente de 19 años, enferma del corazón, que falleció tras ser tratada con un medicamento nuevo sin haber cumplido todos los trámites del consentimiento exigido en estos casos. En la sentencia se relata que la enferma fue tratada en el hospital Virgen del Rocío de Sevilla de su dolencia con un producto nuevo, con el objetivo tanto de "dotar a la paciente de mejor calidad de vida" como de atender el "afán de investigación".

En estos casos, añade el juez, es obligado que el paciente firme un "consentimiento informado" que la afectada suscribió un mes después de iniciado el tratamiento y ante una testigo que no estampó su firma en el documento. El juez expresa su extrañeza de que tal testigo "no fuera un familiar de la enferma, recién llegada a la mayoría de edad". El juez considera que tal consentimiento "adolece de defectos formales que forzosamente deben producir su invalidez".

La paciente, natural de Cádiz, padecía una hipertensión pulmonar con fallo ventricular y el 29 de noviembre de 2001 comenzó a ser tratada con el medicamento Iloprost. Según el fallo, ese producto no estaba autorizado para su enfermedad sin disponer de permiso previo del Ministerio de Sanidad, pero el hospital no lo obtuvo hasta el 10 de enero de 2002, posterior al inicio del tratamiento, por lo que el juez considera que no se cumplió el protocolo establecido. La paciente falleció a los seis meses de comenzar el tratamiento.

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