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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

El preámbulo del Estatuto

En el debate parlamentario del 15 de marzo de 2006, sobre la reforma del Estatuto catalán, Zapatero aseguró a Rajoy que todo lo pactado hasta el momento era impecablemente constitucional. Y acertaba de pleno. En cambio, en los media de tinte conservador se interpreta que, según lo escrito, se reconoce a Cataluña como una nación, ya que en el Preámbulo se establece claramente que "el Parlamento de Cataluña, recogiendo la voluntad y el sentimiento de la ciudadanía de Cataluña, ha definido de forma ampliamente mayoritaria a Cataluña como una nación". Lo entrecomillado es literal y no pasa de ser una declaración de intenciones en la que se hace constar la definición que de Cataluña hace su propio Parlamento (¡no el Parlamento español!). De aquí que no sea cierto que en esas líneas se "establece" que Cataluña sea una nación. Porque no es en el preámbulo, es en "lo que cuelga", es decir, en el articulado de las grandes disposiciones donde se "establecen" las estipulaciones con fuerza legal de obligar. Por la índole de sus contenidos los preámbulos de los textos legales, al carecer de valor jurídico, son intrínsecamente constitucionales.

Que el subsiguiente artículo 1 del Estatuto es impecablemente constitucional ofrece todavía menos duda puesto que su texto calca literalmente lo que dice el artículo 2º de la vigente Constitución de 1978: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española... y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran". ¡Caramba! Y ¿cuáles y qué son las "nacionalidades" (en plural) como algo distinto a la nacionalidad española (en singular) a la que alude el artículo 11? Vaya barullo. Este artículo clave de la parte dispositiva es (por su ostentosa ambigüedad) cuando menos lioconstitucional. Ya que deja en evidencia dos cuestiones no baladíes: 1. La contradicción entre la unidad indivisible de la Nación española y el derecho a la autonomía de las nacionalidades varias que la integran (cuando nadie sabe lo que nacionalidad es) y 2. Lo difícil que, sobre una base tan equívoca, resulta precisar nuestra forma de Estado. Sin esa redacción mostrenca, qué sencillo sería entender que España es una Nación integrada ¿federalmente? por comunidades autónomas (como EE UU, Suiza o la actual Alemania).

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