La Comisión acepta la denominación "símbolos nacionales de Cataluña"
La reforma introduce "el derecho y el deber de conocer" las lenguas catalana y castellana
Las intensas negociaciones de los últimos días entre los partidos catalanes que apoyan la reforma y el PSOE fructificaron ayer con la inclusión del adjetivo "nacionales" referido a los símbolos de Cataluña. El pacto se materializó en una enmienda transaccional al artículo 8 del proyecto, cuyo primer punto dice lo siguiente: "Cataluña, definida como nacionalidad en el artículo uno, tiene como símbolos nacionales la bandera, la fiesta y el himno". Contra este artículo sólo votaron los diputados del PP.
Las negociaciones para acordar la inclusión de la palabra "nacionales" incluyó una conversación, el miércoles entre el presidente José Luis Rodríguez Zapatero y el líder de CiU, Artur Mas, según explicaron fuentes próximas a éste.
CiU necesitaba esta aceptación por su valor intrínseco, pero también para hacer frente a las acusaciones de sumisión a la rebaja impuesta por el PSOE a numerosos puntos del proyecto.
El rechazo de las cinco enmiendas presentadas por ERC en defensa del proyecto inicial, el que incluía la frase "Cataluña es una nación", obtuvo el voto en contra de todos los grupos.
En cambio, ERC votó junto con los socialistas y todos los demás grupos contra las enmiendas del PP, que fueron rechazadas. Esta primera sesión de trabajo de la Comisión Constitucional se cerró con la aprobación del Título Preliminar, que consta de 14 artículos.
El más relevante de todos es el primero, del que se ha eliminado la definición de Cataluña como nación y ha sido sustituido por el siguiente texto: "Cataluña, como nacionalidad ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica".
El punto tercero de este mismo artículo introduce una de las novedades del Estatuto, las veguerías, nueva división para la organización territorial de la Generalitat, de cuyo sistema institucional pasan a formar parte.
En los restantes artículos de este título figuran la definición, en el artículo tres, del marco de relaciones de la Generalitat bajo los principios de que "la Generalitat es Estado" y los de "autonomía, bilateralidad y multilateralidad".
Otra de las novedades aprobadas ayer, con el artículo cinco, es la que proclama que el autogobierno de Cataluña "se fundamenta en los derechos históricos del pueblo catalán, sus instituciones seculares, la tradición jurídica catalana (...) al amparo del artículo 2 de la Constitución".
El artículo 6 afirma, como en el Estatuto de 1979, que "la lengua propia de Cataluña, es el catalán", que es lengua oficial y que "también lo es el castellano". La novedad en este caso es que incluye también que todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales "y los ciudadanos el derecho y el deber de conocerlas".
El artículo 8 está dedicado a los símbolos de Cataluña, que son la bandera, la fiesta y el himno. Se aprobó mediante una enmienda transaccional que los califica como "nacionales". En esto no hay novedad, pues como se recordó en el debate, así son calificados ya por las leyes vigentes.
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