El Supremo obliga al Consell a pagar la antigüedad a los temporales
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la Generalitat contra la sentencia que ya en 2004 le obligaba a abonar al personal temporal la antigüedad. Se reconoce "el derecho del personal temporal al servicio de la Generalitat Valenciana a ser retribuidos por el concepto de antigüedad en las mismas condiciones que el personal laboral fijo, en función de los trienios que cumple en cada momento a lo largo de una relación laboral no interrumpida".
El conflicto judicial planteado por CC OO contra la Generalitat por entender que su política de retribución a sus trabajadores temporales vulneraba la reforma incorporada al Estatuto de los Trabajadores en 1991 se ha prolongado durante cinco años. La primera decisión judicial, en 2003, fue favorable a la Generalitat. La representación sindical acudió entonces al Tribunal Supremo y un año después logró que se reconocieran los derechos que entendía se habían vulnerado. El recurso del Consell paralizó la ejecución. El pasado martes, el Tribunal Supremo notificó el rechazo a ese recurso y por tanto la confirmación del fallo anterior en favor de CC OO.
Paralelamente, sucesivas demandas individuales han sido resueltas en el mismo sentido por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), condenando incluso a la administración al pago de costas.
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