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Una marroquí se divorcia en España contra el deseo del esposo

María Fabra

Souad A. ya tiene sentencia favorable de divorcio pese a la oposición de su marido. Este hecho hubiera sido imposible en su país, ya que la legislación de Marruecos no contempla esta posibilidad a no ser que la solicitud sea formulada por el esposo. La titular del juzgado número 3 de Nules (Castellón) ha dictado su fallo tras la demanda que presentó esta mujer marroquí, residente en el municipio de Almenara, en octubre de 2003, apenas un mes después de que se aprobara la reforma del Código Civil, que permite que en separaciones o divorcios se aplique la legislación española si la del país de origen es discriminatoria. En aquel momento, como informó este periódico, la mujer explicó que la habían casado mediante matrimonio pactado diez años antes.

Según Julián Palencia, el letrado que ha llevado el caso, "es la primera sentencia, de las que se tiene conocimiento, que se dicta en España con la aplicación de la legislación española, prescindiendo de la ley natural". A Souad también se le han dado la custodia de su hija y han prohibido al padre de la niña sacarla del país, "salvo autorización judicial previa".

Hasta septiembre de 2003, el Código Civil establecía que "la separación y el divorcio se regirán por la ley nacional común de los cónyuges en el momento de la presentación de la demanda". La ley marroquí ni deja que las mujeres presenten demandas de divorcio, ni contempla la separación y ni prevé la adopción de medidas provisionales.

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