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La UE denuncia a España por discriminación fiscal hacia los no residentes

Andreu Missé

La Comisión Europea ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por aplicar una fiscalidad más elevada a los no residentes en las plusvalías generadas en la venta de inmuebles. La legislación española establece un tipo del 15% para las plusvalías generadas en la venta de inmuebles realizadas por residentes, mientras que para los no residentes el tipo aplicable es del 35%.

Bruselas ha decidido también llevar a España ante el Tribunal europeo por la fiscalidad aplicada a los asalariados no residentes. En la normativa española las rentas de trabajo de los trabajadores no residentes están sometidas generalmente a una retención liberatoria del 25% (excepto para pensiones y empleos de corta duración) mientras que para los residentes se aplica un tipo progresivo que oscila entre el 15% y el 45%. Esta diferencia de trato es especialmente importante cuando se trata de contribuyentes que reciben ingresos comparativamente bajos, como es el caso de los becarios o trabajadores en prácticas.

La Comisión Europea considera que en los dos supuestos mencionados la legislación fiscal española es incompatible con las exigencias del Tratado, especialmente con el principio de no discriminación. El Ejecutivo comunitario ha decidido llevar ambos asuntos ante los tribunales al comprobar que las autoridades españolas no han modificado la legislación afectada a pesar de la demanda formal efectuada por la Comisión Europea el pasado mes de julio. Fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda indicaron ayer que conocían los hechos y los estaban "analizando".

Obstáculos

Bruselas señala que la presión fiscal más elevada aplicada a los trabajadores no residentes implica que "a los empresarios españoles les resulta menos interesante contratar mano de obra de otros Estados miembros que la de España, lo que constituye un obstáculo a la libre circulación de trabajadores".

En el mismo sentido, las autoridades comunitarias señalan que en el supuesto de las plusvalías, las personas físicas no residentes están sometidas sistemáticamente a una presión fiscal superior respecto a los residentes, en todos los casos. Por estas razones, consideran que la legislación fiscal española "es incompatible con el principio de libre circulación de capitales consagrado en el Tratado así como con el de no discriminación".

La jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo ha establecido que es contrario al derecho de la Unión Europea aplicar un trato fiscal distinto a los residentes de los no residentes cuando no existe ninguna diferencia objetiva que justifique un trato diferente.

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