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Columna
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Un Código del Buen Gobierno

El Ayuntamiento de Valencia ha aprobado por unanimidad un Código del Buen Gobierno que, como su mismo título sugiere, es un compendio de comportamientos coherentes con el cupo de ética y decencia elementales que incumbe a los gobernantes y que no son contemplados específicamente por el código penal. En realidad, se trata de un ejercicio de buena voluntad que quizá contribuya a mejorar la imagen de los políticos, tan mellada últimamente por las numerosas irregularidades o episodios de presunta corrupción que protagonizan. No puede decirse que dicho repertorio normativo sea novedoso, ya que se limita a consignar pautas de conducta de común aceptación y presunta aplicación habitual en una sociedad democrática, debidamente fiscalizada.

El corolario de tal código venía a decir que ningún munícipe pusiera nunca su interés particular por encima del general, lo que excluye toda ventaja y privilegio, con las consabidas recomendaciones, tan arraigadas en el tráfico administrativo de este país. Imaginamos que, de llevarse a cabo con cierto rigor, podríamos convertirnos en una de esas ciudades escandinavas blindadas contra las corruptelas de la gestión pública. No con ello insinuamos que la alcaldesa Rita Barberá y sus huestes sean reos o estén bajo sospecha de aprovechamientos ilícitos o iniquidades. No es eso, pero tampoco figuran en el palmarés de las corporaciones calificadas por su excelente gestión. De ahí la pertinencia de alguna de las normas acordadas.

Nos referimos especialmente a la transparencia. O sea, a esa rara cualidad que convertirá el consistorio en una casa de cristal perfectamente visible y accesible para los ciudadanos y, sobre todo, para los grupos de la oposición, que muy a menudo han de convertirse en émulos de investigadores privados para seguir el rastro de unos expedientes o el proceso de toma de decisiones, que deberían ser claros como un vaso de agua clara. Y no lo son. ¡Cuántas veces los vecinos y nuestros representantes nos hemos quedado con ganas de saber por qué determinadas licitaciones de obras o servicios públicos de este ayuntamiento se segmentan en varias ofertas! ¿Por necesidad o por darle esquinazo a la ley para beneficiar a un cliente? Es posible que el referido código venga a ser la solución del enigma.

Y, obviamente, también se reprueba el transfuguismo, esa lacra que azota y desacredita a casi todos los partidos. Pero la cosa no pasa de ahí: mera retórica. Mientras que el tránsfuga se limite a soportar el sofoco de unos desdenes pasajeros, seguirá menudeando el fenómeno. En tanto no se modifique la ley electoral general o se establezca otro régimen disciplinar las tentaciones primarán sobre las lealtades, pues en estos trances son los intereses materiales los que determinan las opciones, ya que la gente honrada que discrepa de sus siglas deja el escaño y se retira, dando razón o no de su renuncia. Se conocen casos, aunque pocos.

Anotemos, por último, que esta normativa que glosamos, como todas, prescribe limitaciones, por lo que los aspirantes a candidato municipal en Valencia deben informarse antes de dar el paso. Igual les disuade la falta de pequeños -o no tanto- chollos y tratos de favor. Sin esas gabelas, que para muchos son el oropel o la sustancia del cargo, igual no les interesa convertirse en mitad monjes y mitad concejales.

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