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Análisis:CONSULTORIO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Nacimiento esperado

El primer viernes de noviembre vio luz finalmente el esperado reglamento que viene a desarrollar la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC). Su redacción definitiva, después de un largo proceso de maduración, constituye, en nuestra opinión, una apuesta ambiciosa en el proceso de modernización de la industria de la gestión colectiva de inversiones.

Entre otras novedades destaca la creación de las IIC de inversión libre, asimilables a los llamados hedge funds, a los que el legislador ha querido dotar de una significativa flexibilidad de gestión, en lo que creemos un esfuerzo para permitir el desarrollo de una industria nacional competitiva. Su expansión está llamada a ser uno de los principales vectores de innovación, como en su momento lo fueron los fondos garantizados.

El reglamento regula los fondos de inversión cotizados, productos que permiten reproducir el comportamiento de los índices

No creemos, sin embargo, que su importancia cuantitativa vaya a ser similar: nuestras estimaciones, asumiendo un trasvase de patrimonio desde categorías fronterizas a lo que vendrán a ser las IIC de inversión libre, apuntan a una cuota del 5% del mercado.

Otra de las novedades que introduce el reglamento son los fondos de inversión cotizados, productos que permiten reproducir el comportamiento de los índices bursátiles a lo que se añade la posibilidad de liquidez inmediata durante el periodo intradiario de negociación en la correspondiente bolsa. Su tratamiento fiscal, sin embargo, será un freno importante a su utilización por parte del inversor persona física.

El inversor va a tener a su disposición mayor oferta de productos y, además, mayor información. En este sentido, hay que destacar la apelación constante que la redacción del reglamento realiza a que las gestoras y comercializadoras de IIC adapten sus productos a la naturaleza y perfil de riesgo de los inversores finales.

En definitiva, la nueva regulación permite adecuar la inversión colectiva a las demandas de innovación, producto y transparencia que el mercado exigía.

A. Ruiz y D. Lázaro son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas. Grupo Analistas.

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