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Un juzgado de San Sebastián anula la expulsión de una inmigrante boliviana por falta de motivación

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de San Sebastián ha anulado la expulsión de España de la inmigrante boliviana Gabriela Queteguari al considerar que la resolución dictada por la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa el 3 de noviembre de 2004 carece de motivación y proporcionalidad. El juez subraya que esta institución no ha justificado porqué optó por la sanción más grave, la repatriación de la joven en situación irregular, en vez de por la multa.

Queteguari entró en España el 2 de abril de 2004 para asistir a la boda de su hermana con un español en Irún. Durante su estancia, encontró trabajo en Hondarribia como empleada de hogar y cuidadora de una mujer, cuya familia se ofreció a contratarla dentro del reciente proceso de regularización de inmigrantes.

La joven boliviana fue detenida por la Policía Nacional en noviembre del pasado año y expulsada a su país por orden de la Subdelegación. Ésta fundamentó su decisión en la "estancia irregular" de la mujer en España. Ni el arresto ni la repatriación fueron notificadas en ese momento a su letrado, que no tuvo oportunidad de solicitar la suspensión de la expulsión.

El abogado recurrió la resolución semanas después. A la espera de la celebración de la vista oral, y tras la petición del representante legal de Queteguari, el mismo juzgado ordenó el pasado febrero, como medida cautelar, el retorno de la joven a España a cargo de la Administración central. Quería evitar así que la mujer se viera afectada en su pretensión de regularizar su situación, pendiente aún de solución.

Ahora, el juez ha anulado la expulsión. Entiende, como alegó el letrado de Queteguari, que la Subdelegación ha vulnerado el principio de proporcionalidad a la hora de sancionar a la joven, pues la resolución de expulsión está "ineludiblemente obligada a contener la motivación correspondiente". "En este caso, en momento alguno se ha ofrecido explicación sobre la falta de arraigo o la situación personal y familiar [de la mujer] que justificase la aplicación de la sanción seleccionada por la Administración", destaca el magistrado en su sentencia, que puede ser recurrida.

En cualquier caso, se limita a anular la repatriación, pero no sustituye esta medida por una multa. "Al juzgador le incumbe excluir la solución desproporcionada, pero no la indicación de la sanción más adecuada", dice.

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El letrado de Queteguari también alegó al recurrir su expulsión que la joven había visto vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Sin embargo, el juez rechaza esta alegación, pese a que su juzgado, encabezado en febrero por otra persona, ordenó entonces el retorno de la mujer argumentando precisamente que si el abogado hubiera conocido a tiempo la resolución de repatriación hubiese pedido su suspensión.

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