Interior endureció en enero los requisitos sobre beneficios penitenciarios a presos
Una circular de Instituciones Penitenciarias derogó las redenciones extraordinarias
El Ministerio del Interior endureció desde el 1 de enero de 2005 los requisitos para conceder beneficios penitenciarios a los presos y derogó expresamente una circular de 1993 que permitía las redenciones extraordinarias de penas. La Dirección General de Instituciones Penitenciarias aprobó la nueva circular el 29 de diciembre de 2004, unas semanas antes de que se conociera la inminente salida en libertad del etarra José Ignacio de Juana Chaos, que cumplía prisión desde 1987 y que había sido condenado a más de 3.000 años por 25 asesinatos.
Las redenciones ordinarias instauradas en el Código Penal de 1973, por el que fue juzgado De Juana Chaos, permitía un día menos de cumplimiento por cada dos de trabajo (arreglar la celda, limpiar las dependencias comunes...), y redenciones extraordinarias de un día menos de cumplimiento por cada día de trabajo que supusiera un esfuerzo adicional (estudios, trabajos en talleres).
En base a esas redenciones, De Juana Chaos logrará la libertad a primeros de agosto pese a que ha cumplido sólo 18 de los 30 años de pena máxima que le había sido impuesta.
Hasta ahora, esas redenciones se aplicaban automáticamente, sin necesidad de que el preso demostrara dedicación y aprovechamiento en todas las actividades.
La nueva directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, decidió redactar una nueva circular para "imponer rigor en la aplicación de las redenciones y para que cumplieran su finalidad de reinserción del preso".
En esa circular se precisaba que habría que hacer una evaluación individualizada del interno y que no podría conseguir beneficios penitenciarios (progresión de grado, libertad condicional, redenciones de penas...) el recluso que presentase una valoración global insuficiente.
Para la concesión de beneficios penitenciarios, la circular del Ministerio del Interior establecía como requisito que el recluso obtuviera la calificación de "destacada o excelente" en los trabajos. Esa calificación dependerá de una Unidad de Evaluación de las Actividades, que deberá aplicar tres variables para poner su nota: asistencia, rendimiento y esfuerzo.
Para alcanzar la calificación de destacada o excelente, los reclusos deberían obtener más de cuatro puntos. Por asistencia a todos los cursos obtendrían dos puntos, por rendimiento un punto y por esfuerzo entre uno y dos.
Gallizo explicó ayer en el Congreso de los Diputados que, casos como el del etarra De Juana Chaos (que ha conseguido redimir penas por valor de 12 años gracias al Código Penal de 1973) sólo quedan en prisión el 1,7% de los reclusos de las cárceles dependientes de Instituciones Penitenciarias (todas menos las ubicadas en Cataluña).
La alarma social desatada como consecuencia de que algunos presos etarras salen este año de prisión tras haber cumplido sólo poco más de la mitad de su condena -como el caso de De Juana Chaos- ha llevado al Ministerio del Interior a aplicar un control más estricto sobre las excarcelaciones. Así, según explicó ayer Gallizo en el Congreso, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias ha puesto a disposición de la Audiencia Nacional los expedientes relativos a la redención de penas que han logrado todos los presos por delitos terroristas que tienen previsto extinguir su condena y, por tanto, salir de prisión entre este año y 2007.
El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, aseguró ayer que la Fiscalía seguirá trabajando para evitar la excarcelación del etarra De Juana Chaos pero advirtió de que la sociedad española debe ser consciente de que llegará el momento en que no se puedan demorar más las excarcelaciones de etarras, informa Efe.
"Hay que hacer llegar a los ciudadanos españoles que, de acuerdo con la legalidad vigente, las penas se cumplen definitivamente y desde ese momento habrá que hacer efectiva la ley sin que el Ministerio Público pueda demorar más las excarcelaciones", señaló.
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