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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Asilo por maltrato

La decisión del Gobierno español de conceder el estatuto de refugiado a una mujer árabe por el hecho específico de sufrir maltrato doméstico en su país de origen supone un cambio cualitativo en lo que ha sido el tradicional campo de aplicación del derecho de asilo, centrado sobre todo en supuestos de persecución política. Se comprende, pues, la satisfacción con que ha sido acogida por las organizaciones de ayuda al refugiado, entre otros motivos, por el precedente jurídico que supone en el seno de la UE. No hay que olvidar que Europa ha sido y sigue siendo, a pesar del aumento de la inmigración, tierra de asilo, como lo demuestra que sólo Francia, Alemania y Reino Unido recibieran más de 150.000 solicitudes en 2004.

El gesto tiene una dimensión política obvia. Ninguna duda cabe albergar sobre su legalidad, pero tampoco sobre su vinculación a las prioridades fijadas por el actual Gobierno, especialmente sensible al problema de la violencia contra las mujeres. Es la primera vez que España adopta una iniciativa de este tipo y posiblemente también lo es en Europa. La persecución de género es contemplada como lo que es: un atentado contra los derechos humanos. Y quienes la sufren integran uno de los grupos sociales de especial vulnerabilidad, a los que la ley española de asilo considera susceptibles de obtener la protección del Estado si acreditan que no lo han obtenido en su país de origen.

La mujer, residente en España desde hace tres años, fue secuestrada siendo menor, forzada a casarse y ha sido víctima de malos tratos permanentes por parte de su marido y la familia de éste. Algo desgraciadamente nada infrecuente en no pocos países. Pero ha sido la absoluta indefensión en su país la razón que ha llevado al Gobierno a justificar su decisión. Incluso por razones humanitarias, también contempladas en la ley española de asilo, habría sido poco menos que un crimen devolver a su lugar de origen a una persona indefensa y sin amparo legal e institucional alguno frente a la violencia que se ejercía sobre ella.

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