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Una juez respalda un caso en el que no se dio asistencia letrada a un polizón

El Juzgado Contencioso-Administrativo número uno de San Sebastián ha respaldado en una sentencia la decisión de la Subdelegación del Gobierno de Guipúzcoa de no prestar asistencia letrada a un polizón menor de edad. La juez argumenta que éste no explicitó su deseo de entrar en España ni solicitó el asilo cuando se le preguntó si quería realizar alguna manifestación, por lo que considera que la Subdelegación no tenía obligación de ofrecerle los servicios de un abogado.

Los hechos se remontan al 23 de diciembre de 2004, cuando entró en el puerto de Pasajes un buque con bandera del país caribeño Antigua y Barbuda. En él viajaba un polizón que embarcó en San Petersburgo y fue detectado a la altura del Mar Báltico. La Policía Nacional subió al barco e identificó al inmigrante como N. M., natural de Casablanca, de 16 años. Dos días después, el joven fue trasladado al servicio de Urgencias del Hospital Donostia, de donde huyó pese a estar bajo custodia policial.

El Turno de Abogados de Extranjería recurrió la actuación de la Subdelegación por no facilitar asistencia letrada al polizón. La juez, que no hace mención alguna a su condición de menor, desestima ahora ese recurso, al entender que "no se han vulnerado los derechos constitucionales del recurrente". Los letrados recurrirán la sentencia ante el Tribunal Superior. Su coordinador, Iñaki Almandoz, subraya que es "un paso atrás" respecto a la resolución que dictó en diciembre otra juez, quien afirmó que no puede supeditarse la asistencia letrada a que el polizón declare su intención de entrar en España o pida su protección sin que se le pregunte expresamente, pues puede desconocer las exigencias administrativas.

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