Pleno sin sentido
¿Tiene sentido que se celebre un pleno sobre financiación autonómica en el Parlamento de Andalucía? No pregunto si tiene sentido que se celebre un pleno con el formato deliberante que quiere darle el PSOE, esto es, sin propuestas de resolución, o con el formato decisorio que pretenden darle IU y PP, sino si tiene sentido que se celebre un pleno sobre ese tema independientemente del carácter que tenga.
El Parlamento de Andalucía ya se ha pronunciado sobre el anteproyecto de propuesta de financiación hecho público por el Gobierno tripartito catalán. Es lógico que lo hiciera, dada la alarma que la difusión de dicho anteproyecto generó en España en general y en Andalucía en particular. Pero, ¿tiene sentido ir más allá de esta toma de posición respecto de la propuesta gubernamental catalana en este momento? ¿Tiene sentido que el Parlamento andaluz discuta de manera monográfica sobre financiación autonómica desde una perspectiva sustantiva, se admita o no la presentación y consiguiente votación de propuestas de resolución?
Nada positivo cabe esperar de un pleno parlamentario andaluz o manchego sobre financiación autonómica
Las respuestas a estos interrogantes casi se imponen por sí mismas. Más todavía tras la celebración del debate sobre el estado de la nación esta semana. La celebración del pleno no hubiera tenido sentido aun sin haber oído al presidente del Gobierno en su discurso de apertura del debate, pero desde luego carece de todo sentido tras haberlo oído.
Porque el presidente del Gobierno vino a recordar lo evidente, pero que a menudo se olvida. Que la financiación del Estado autonómico, esto es, la financiación del Estado y de las comunidades autónomas, no puede ser decidida por los Parlamentos autonómicos, sino que únicamente puede ser decidida por las Cortes Generales, si bien tal decisión de las Cortes tiene que venir precedida por una negociación entre todas las comunidades autónomas y el Estado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, previsto en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
La LOFCA es una ley del Estado, pero es una ley cuyo contenido el Estado no fija unilateralmente, sino que lo pacta con todas las comunidades autónomas. De esta manera es como la Constitución garantiza el principio de unidad política del Estado con el ejercicio del derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que lo integran. El principio de unidad política del Estado podría quebrar si cada comunidad autónoma pudiera decidir unilateralmente su financiación o pretendiera negociarla con el Estado al margen de las demás. El derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones quedaría menoscabado, si el Estado les impusiera su forma de financiación al margen de toda negociación con ellas. La articulación del principio de unidad del Estado con el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones exige la negociación previa de todos, Estado y comunidades autónomas, y la formalización de la decisión alcanzada tras la negociación por el único órgano representativo del "pueblo español", las Cortes Generales. Así se desprende de la lectura conjunta de los artículos 1.2, 2, 66.1, 156 y 157.3 de la Constitución. Es lo que vino a recordar, con toda razón, el presidente del Gobierno el pasado miércoles.
En el modelo diseñado por la Constitución los Parlamentos autonómicos no tienen competencia para decidir sobre la financiación. No la tienen siquiera las Cortes Generales, que tienen que limitarse a ratificar la decisión alcanzada en el Consejo de Política Fiscal y Financiera entre el Estado y las comunidades autónomas.
¿Qué sentido tiene en estas circunstancias la celebración de un pleno del Parlamento andaluz sobre financiación autonómica? Un Parlamento debe en principio debatir exclusivamente sobre aquello sobre lo que tiene que decidir, tenga o no valor normativo la decisión que adopte. Esta máxima tiene todavía más valor cuando la materia sobre la que se propone el debate es explosiva, como ocurre con la financiación. Y cuando tiene que ser objeto de una decisión normativa por otro u otros órganos estatales y autonómicos.
El marco del debate está fijado. Va a ser objeto de un debate exclusivamente político en la Conferencia de Presidentes, que no es un órgano previsto en la Constitución, pero que tampoco está prohibido por ella y que existe en los Estado políticamente descentralizados, y va a ser objeto de un debate político-normativo en el Consejo de Política Fiscal y Financiera. En ambas instancias se debatirá y decidirá el modelo de financiación.
Repito, ¿tiene sentido que los Parlamentos autonómicos debatan y fijen posición respecto de la financiación autonómica antes de la reunión de la Conferencia de Presidentes y del Consejo de Política Fiscal y Financiera, limitando de esta manera el margen de maniobra de los presidentes autonómicos y de los Consejeros de Economía y Hacienda y haciendo imposible una negociación genuina?
¿Qué negociación sería posible si los Parlamento de las quince comunidades autónomas de régimen común celebraran plenos sobre financiación autonómica y fijaran cada uno de ellos unilateralmente su posición al respecto? ¿Podría apartarse un Presidente o un Consejero de Economía y Hacienda de lo decidido por su Parlamento? Si no puede, no hay negociación posible y si puede, el Parlamento ha decidido en vano.
La fórmula diseñada en la Constitución para la financiación autonómica es una buena fórmula. La materia es lo suficientemente explosiva como para que no juguemos con ella ni hagamos experimentos. Nada positivo cabe esperar de un pleno parlamentario andaluz o manchego sobre financiación.
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