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Los jueces rechazan devolver a su madre una niña dada en acogida

El litigio judicial por la chica dura desde 1997

La Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado devolver a una niña de 12 años a su madre y ha dictaminado que permanezca con la familia que la acoge desde 1997. La decisión judicial, que rectifica una anterior, se ha producido después de la intervención del Tribunal Constitucional que pidió que la Audiencia escuchase la opinión de la menor. La pequeña vive desde los cuatro años, cuando la Junta de Andalucía asumió su tutela por iniciativa de la progenitora, en mitad de una refriega judicial. La Audiencia autoriza los contactos con su madre biológica.

La víspera de Reyes llegó con un nuevo fallo judicial para una pequeña sevillana, que ha pasado 8 de sus 12 años de vida sometida a un vaivén de decisiones administrativas y judiciales contradictorias debido a las reclamaciones de acogedores y progenitores, pero también por el rifirrafe entre el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Familia de Sevilla y la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla. Si no se producen medidas posteriores, la decisión de la Audiencia de Sevilla de revocar su acuerdo de 2001 para que la menor regresara con su madre biológica pondrá fin a un largo pleito.

Con el auto difundido ayer, la Audiencia establece que la menor permanezca "provisionalmente" en compañía de "sus padres acogedores" si bien deja patente el derecho de la madre biológica, Montserrat, a "contactar con su hija siempre que las condiciones psíquicas de la menor lo permitan". El objetivo de estos encuentros es lograr que ambas puedan "reanudar de forma progresiva sus contactos". Para llegar a este extremo, la niña ha tenido que esperar ocho años.

El periplo de la pequeña comenzó el 27 de junio de 1996, cuando la Junta de Andalucía declaró su desamparo y asumió su tutela por iniciativa de la madre, que decidió entregarla a la Administración para apartarla del "ambiente de riesgo" de su casa, donde el marido de Montserrat había "introducido otra mujer" y la sometía a ella "a malos tratos". Posteriormente, la madre de la pequeña se separó y emigró a otra comunidad para buscar trabajo.

El 27 de noviembre de 1997, la Junta de Andalucía dio a la pequeña en acogimiento familiar a Manuel y Juana. La madre biológica promovió entonces la "cesación" del acogimiento de su hija, a lo que se sumó por otra parte el padre biológico. El Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Familia de Sevilla, cuyo titular es Francisco Serrano, tardó dos años en pronunciarse sobre esto. En un auto de mayo de 1999, cuando la niña había cumplido ya los seis años, desestimó la petición de la familia biológica y autorizó el acogimiento familiar de carácter preadoptivo de Manuel y Juana.

Por separado, los padres biológicos recurrieron esta decisión ante la Audiencia Provincial. La Sección Sexta, en un auto de marzo de 2001 -la menor tenía para entonces ocho años-, revocó la decisión del juez de Familia y dispuso que la menor regresara con su madre biológica. "A fin de evitarle un daño derivado del tiempo que lleva conviviendo con los acogedores y separada de su madre, siga un régimen transitorio consistente en transformar el acogimiento familiar en residencial provisional", sostenía el texto. Además, ordenaban a la Junta que internase a la niña en un centro como paso preliminar al retorno al hogar de su madre. La Audiencia desestimaba el recurso del padre biológico.

No fue el fin del litigio, si no el inicio de un abierto enfrentamiento entre el juez Francisco Serrano, que debía ejecutar la sentencia y no lo hizo, y la Sección Sexta de la Audiencia, que lo acusó de "rebeldía o negativa clara al incumplimiento" e informó del asunto al Consejo General del Poder Judicial. La familia acogedora, por su parte, recurrió al Tribunal Constitucional, que en una sentencia de abril de 2004 anuló la resolución de la Audiencia y declaró que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de los acogedores y la propia menor "en cuanto procede que sea oída en el proceso que se dilucida su guarda y custodia". El auto de la Audiencia es, de momento, el último episodio.

El juez Francisco Serrano, a la derecha, en una intervención ante la prensa, en 2000.
El juez Francisco Serrano, a la derecha, en una intervención ante la prensa, en 2000.JUAN CARLOS CAZALLA

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