Alicante ha de derribar parte de una urbanización que afecta a una torre del XVI
El Ayuntamiento de Alicante deberá demoler un conjunto de viviendas construido a 63 centímetros de la Torre Placia, un monumento del siglo XVI protegido desde 1949 y declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en 1987. Así lo ha decidido la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
El Consistorio alicantino concedió en noviembre de 2000 la licencia de obras a la promotora Azalea de Alicante Cooperativa de Viviendas para que ejecutara dentro del Plan Parcial La Condomina la edificación inicial de 40 viviendas unifamiliares. Es justo en ese enclave donde se encuentra la Torre Placia, una edificación prismática de mampostería irregular con refuerzos de sillería en las cuatro esquinas del siglo XVI, de planta cuadrada, de cinco metros de ancho y doce de alto. Es precisamente el Ayuntamiento el responsable de proteger un monumento que él mismo considerara definitivamente BIC tres años antes de otorgar la licencia de obras mayores a la promotora inmobiliaria.
El fallo del TSJ acusa al Consistorio de no darse por aludido en la protección de un BIC
Las protestas previas de uno de uno de los dueños de la finca afectada por la construcción de las viviendas no sirvieron de nada. Hubo excavación, movimiento de tierras, alteración de cotas y edificación sin que el Ayuntamiento adoptara medida cautelar alguna sobre el monumento. Y aunque la Consejería de Cultura, a través de la dirección general de Patrimonio Artístico ordenó al Consistorio "la inmediata paralización con carácter cautelar de las obras, las cuales no podrían ser reanudadas mientras no se obtenga autorización de este centro" el Ayuntamiento contestó que "no procedía". Así las cosas, el asunto llega a los tribunales a través de una demanda que ahora ha resuelto el TSJ contra el Ayuntamiento.
Tras repasar los hechos previos a la construcción de las viviendas y teniendo en cuenta, según el tribunal, la evidencia e ineludible responsabilidad del Ayuntamiento sobre la Torre Placia, el tribunal considera acreditado que: "Torre Placia es un monumento considerado BIC, lo que implica su protección según una ley de 1998; el Ayuntamiento de Alicante conocía la existencia del carácter BIC al menos 1993 , estando obligado a asumir su protección; el Ayuntamiento de Alicante en ningún momento se ha dado por aludido por la existencia en su término de un monumento BIC, ignorando las previsiones legales de protección del mismo y las advertencias autonómicas, planificando y gestionando su territorio con absoluto desprecio a ese patrimonio cultural".
Después de recordar al Ayuntamiento de Alicante cuáles son las leyes que le obligan a las actuaciones que no ha hecho, el tribunal estima el recurso presentado por el particular de una de las fincas afectadas por las construcciones y condena al Consistorio. Ordena la sala en la sentencia que "la corporación municipal está obligada a adoptar las medidas de conformidad a las normas y por lo tanto se anula y queda sin efecto el acuerdo que otorgó las licencias a la constructora". Además "ordenamos al Ayuntamiento de Alicante a la adopción de las medidas necesarias, incluida la demolición, que posibiliten la restauración de la legalidad patrimonial vulnerada". El TSJ libra al Consistorio del pago de las costas.
El Ayuntamiento de Alicante, al que ya se notificó la sentencia dictada el 8 de septiembre, no se pronunció ayer sobre cómo ejecutará el fallo desfavorable que incluye el derribo de varias casas.
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