El Gobierno quiere dar a las comunidades un derecho de veto restringido en el Senado
Las comunidades podrán bloquear proyectos que afecten a sus "hechos diferenciales"
El Gobierno propondrá que las comunidades autónomas puedan ejercer el derecho al veto en el Senado en defensa de sus "hechos diferenciales". Dentro de la prevista reforma de la Cámara alta, el PSOE quiere atribuir a las autonomías el derecho de veto sobre normas del Estado cuando consideren que vulneran algunos de los siguientes aspectos: su lengua, cultura, la insularidad, el derecho civil y el derecho foral. Además, las comunidades que carecen de "hecho diferencial" podrán recurrir al veto en defensa del "principio de solidaridad", que se materializa en la financiación autonómica.
El Gobierno plantea la utilización del derecho de veto como un procedimiento excepcional de las comunidades autónomas ante asuntos muy específicos. No sería posible invocarlo ante medidas que afecten a varias comunidades, como el Plan Hidrológico Nacional o la regulación del IVA. Su uso sólo sería posible en respuesta ante la presunta vulneración de los hechos específicos de una comunidad.
Así, Canarias podría ejercer el derecho al veto ante una norma que vulnere su específico régimen económico-fiscal y Cataluña, ante una medida que invada las competencias del derecho civil catalán. Pero el Gobierno no quiere que este derecho de veto sea un privilegio de determinadas comunidades frente a otras. Por eso, cualquier autonomía, incluso las que carecen de lengua o derecho diferencial, podrá invocarlo en defensa del principio de solidaridad. Extremadura podría, por ejemplo, bloquear la financiación autonómica.
El derecho al veto se incluiría en la futura reforma del Senado, que prevé sustituir los actuales grupos parlamentarios, basados en los partidos, por grupos territoriales, de los que formarían parte todos los senadores de cada comunidad. En dichos grupos también estarían representados los gobiernos autonómicos que serían, en la práctica, los que ejercerían el derecho de veto sobre las normas estatales.
La reforma del Senado, que requiere un cambio constitucional, lo convertirá en Cámara de primera lectura de las leyes de orientación territorial. Es decir, estas normas iniciarían su tramitación por el Senado, en vez de hacerlo por el Congreso.
El ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, resalta el carácter simbólico de esta propuesta y su pretensión política de canalizar el "debate nominalista sobre nacionalidades y regiones" que se ha planteado este verano. Sevilla cree que el Senado es el que mejor puede encarnar la diversidad territorial del Estado. "La Cámara alta puede visualizar el reconocimiento de la diversidad territorial de España con la participación de todas las comunidades autónomas", dijo ayer Sevilla a EL PAÍS.
El ministro pone como modelo al Bundesrat alemán, donde los länder (homólogos a las comunidades autónomas) pueden ejercer el derecho de veto.
En España se abrió este debate en la ponencia de reforma del Senado, en 1998. El entonces presidente del Gobierno, José María Aznar, canceló la ponencia cuando el PSOE y CiU plantearon el derecho de veto para las comunidades con lengua propia: Cataluña, País Vasco y Galicia.
El Gobierno socialista pretende superar, ahora, esa situación al extender el derecho de veto a todas las comunidades, introduciendo como hecho específico la defensa del principio de solidaridad. "El derecho de veto estaría muy regulado y limitado a hechos muy específicos. Su pretensión es que sirva para catalizar la negociación. Tendría un carácter predominantemente simbólico", precisó el ministro de Administraciones Públicas.
El Ejecutivo pretende que la reforma del Senado parta de los acuerdos alcanzados en la ponencia de 1998. La ponencia, en la que participaron todos los grupos de la Cámara alta, logró un acuerdo sobre las funciones del Senado como Cámara territorial y precisó, incluso, las iniciativas cuyo procedimiento debe iniciar el Senado y no el Congreso. En concreto, las leyes orgánicas sobre elaboración o reforma de los estatutos de autonomía; las leyes de transferencia o delegación de competencias; las de armonización y las del Fondo de Compensación Interterritorial.
En cambio, la ponencia no alcanzó acuerdos sobre la composición del Senado y la forma de elección de los senadores.
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