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Bienestar Social extenderá la renta mínima a mujeres maltratadas o que no reciban la pensión alimenticia

El borrador de la ley de rentas mínimas para personas en situación de pobreza que ha elaborado Consejería de Bienestar Social contempla cubrir situaciones específicas como la protección a víctimas de violencia de género o a mujeres que se enfrentan a la falta de pago de la pensión alimenticia. El texto, destinado a sustituir la Prestación Económica Reglada (PER), define las condiciones de acceso a un sueldo mínimo que permita la inserción sociolaboral de personas excluidas, que oscilará entre los 323 euros mensuales a los 460, en función del número de integrantes de la familia y su situación.

La renta está directamente dirigida a permitir a las personas desfavorecidas incorporarse al medio laboral. Por ello, para acceder a la prestación deberán ajustarse a un plan familiar de inserción, es decir, una serie de medidas formativas y de intermediación laboral, que elaborarán los equipos sociales municipales y que deberán cumplir los destinatarios.

La prestación, a la que podrían acceder entre 12.000 y 25.000 personas, se concederá por periodos de uno a 12 meses, según el borrador de anteproyecto al que ha tenido acceso este diario, y se podrá renovar hasta un máximo de tres años. El pago de la renta será mensual y la continuidad de las ayudas estarán ligadas al cumplimiento de las contrapartidas formativas. Una vez agotados los 36 meses, se podrá solicitar de nuevo cuando hayan pasado dos años desde el fin de la prestación anterior. El objetivo de esta condición es estimular la reinserción de los beneficiarios. Sin embargo, el requisito no se trata de una directriz cerrada. Existen excepciones en el caso de que sea evidente que la persona que recibe la renta no puede reinsertarse ya sea por ser drogodependiente o una discapacidad superior al 50% e inferior al 65%.

Además, los criterios que incluirá la ley establecen que los beneficiarios deben ser ciudadanos españoles, de la unión europea o extranjeros con residencia legal que, como norma general tengan más de 25 años, estén empadronados en cualquiera de los municipios valencianos y con residencia ininterrumpida 36 meses. Respecto a la convivencia de la unidad familiar, se contemplan las prestaciones a las relaciones "permanentes análogas a las conyugales", es decir, las parejas de hecho.

De momento el texto se ha distribuido a los sindicatos para que aporten las alegaciones que consideren oportunas y está pendiente de aprobación por parte de la Consejería de Economía.

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