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Miles de alumnos extranjeros no pueden cursar bachillerato por carecer de papeles

Varias comunidades se basan en la Ley de Extranjería para negarles los títulos oficiales

Carmen Morán Breña

Los estudiantes extranjeros en situación irregular no pueden matricularse en bachillerato o formación profesional en autonomías como Cataluña, Madrid o la Comunidad Valenciana. Estas comunidades, según sus portavoces de Educación, basan su rechazo en que la Ley de Extranjería limita a los "extranjeros residentes" el derecho a la educación posobligatoria (bachillerato y FP) . En España estudian unos 100.000 menores sin tarjeta de residencia. CC OO calcula que entre 3.000 y 4.000 podrían tener problemas para recibir su título en educación posobligatoria no universitaria.

El problema no radica sólo en el acceso, sino en el título. De hecho, en Cataluña o Valencia, entre otras comunidades, no se otorga a los alumnos en situación irregular el título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) aunque hayan cursado esta etapa con éxito. Sin ese certificado, no pueden pasar a las enseñanzas media, siempre según los portavoces oficiales.

También cabe el caso de que estos alumnos obtengan su título en ESO pero que no puedan proseguir sus estudios. Es la situación de Madrid: si no hay papeles, no hay bachillerato ni Formación Profesional, ni otras enseñanzas no obligatorias. A menos que el estudiante tenga un visado de estudios cursados en su país. Ese visado le abre las puertas a la legalidad, según explicó el director general de Centros Docentes, Javier Restán. Para la Consejería de Educación de Madrid, es la Ley de Extranjería la que marca el camino y esa norma impide el acceso a la educación no obligatoria a los extranjeros sin permiso de residencia.

Quejas de institutos

Algunos institutos se han quejado, pero, según dice Restán, "esas quejas las hay todos los años", y recuerda que las enseñanzas no obligatorias a veces tienen más demanda que plazas "y no se puede meter a toda la gente". Para Restán la situación de estos inmigrantes que no obtienen plaza en la educación pública no obligatoria es igual que la de otros chicos, que, teniendo todos los papeles en regla, se quedan sin plaza al aplicar los baremos de selección. En la Consejería dicen que se están redactando unas instrucciones para los centros, para que tengan claro que es la Ley de Extranjería a la que deben atenerse en estos casos.

Pero esas instrucciones, aunque ya han suscitado las quejas de algunos institutos y de sindicatos, no se han hecho públicas todavía. Ello ha propiciado casos de institutos que sí permiten la matriculación de los alumnos sin papeles.

El Defensor del Pueblo se ha ocupado de las denuncias de inmigrantes que no obtenían su título. Fue en la anterior administración educativa de Madrid. Se trataba de una denuncia colectiva, presentada por "centenares de afectados". En aquel momento la situación se solucionó a favor de los alumnos. Pero la oficina del Defensor del Pueblo considera que la Ley de Extranjería no deja lugar a la duda: "La administración educativa no tiene la obligación de admitirlos pero lo suelen hacer; en todo caso estamos abiertos a cualquier denuncia que llegue en este sentido", explicaron.

El sindicato CC OO viene criticando los últimos años "que la Ley de Extranjería impide obtener el diploma en la enseñanza postobligatoria a hijos de inmigrantes no regularizados". En el sistema educativo hay alrededor de 100.000 estudiantes así, pero un porcentaje muy bajo estudia el bachillerato o la FP. Los últimos datos recabados por este sindicato indican que alrededor de un 5% de estos inmigrantes estudian bachillerato pero sólo entre un 2% y un 3% se matricula en la Formación Profesional.

"En Formación Profesional se suelen hacer prácticas en empresas y eso creaba vínculos laborales. Quizá esa sea la razón de que sólo se matricule ese escaso porcentaje de inmigrantes, cuando hay cerca de un 12% de españoles matriculados en FP. No hay otras enseñanzas en las que la diferencia sea tan grande", explican.

"Antes de la reforma de la Ley de Extranjería promovida por el Partido Popular a los escolares de origen extranjero no se les podía preguntar por su situación legal. Pero después hubo numerosas quejas al Defensor del Pueblo porque la Administración no les daba el título alegando que su situación no estaba regularizada", lamentan en el sindicato. Y opinan que las restricciones para los estudiantes cuya situación no está legalizada "entroncan con los objetivos de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación y sus polémicos itinerarios".

Esta información se ha elaborado con la colaboración de Rubén Esquitino, Adrián Foncillas, Juan Manuel Játiva y Manuel Planelles.

Esta información se ha elaborado con la colaboración de Rubén Esquitino, Adrián Foncillas, Juan Manuel Játiva y Manuel Planelles.

Clases especiales para hijos de inmigrantes en un colegio de Madrid.
Clases especiales para hijos de inmigrantes en un colegio de Madrid.CLAUDIO ÁLVAREZ

Derechos sólo para residentes

La Ley de Extranjería establece en su artículo 9 sus consideraciones sobre el derecho a la educación de los extranjeros. En el punto 1 de ese artículo se afirma que "todos los extranjeros menores de 18 años tendrán derecho a la educación en las mismas condiciones que los españoles, derecho que comprende el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria", pero también tendrán derecho a la "obtención de la titulación académica correspondiente".

Pero ese mismo artículo, en su punto 3, limita a los extranjeros "residentes" la posibilidad de estudiar enseñanzas no obligatorias (bachillerato, FP) en las mismas condiciones que los españoles.

A este último punto se acogen Cataluña, o la Comunidad Valenciana para impedir el acceso a dichas enseñanzas de los alumnos que carecen de papeles. Ahora bien, ¿cuál es el asidero legal para privarles de título? La Asociación de Ayuda Mutua al Inmigrante en Cataluña, vinculada a la UGT, niega que esto se pueda hacer y recuerda que la privación del título vulnera la Ley de Extranjería en su primer punto.

El subdirector general de Lengua y Cohesión Social de la Generalitat catalana, Josep Vallcorba, reconoció ayer que los menores sin papeles que terminan la ESO no reciben el título acreditativo, imprescindible para cursar el bachillerato, pero destacó que la voluntad de este departamento es que los puedan recibir en el futuro. Es un tema que, según dijo, se está estudiando.

En la Consejería de Educación valenciana, aunque afirman no haber registrado ningún caso, aseguran que "las comunidades sólo pueden tramitar el título de ESO si se tiene DNI, tarjeta de residente o de estudiante". En esta comunidad, fuentes docentes explicaron también que los estudiantes de secundaria están acogidos a la Seguridad Social aunque no son trabajadores activos. Por eso, dicen, se les pide el permiso de residencia para acceder al Bachillerato o la Formación Profesional.

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Sobre la firma

Carmen Morán Breña
Trabaja en EL PAÍS desde 1997 donde ha sido jefa de sección en Sociedad, Nacional y Cultura. Ha tratado a fondo temas de educación, asuntos sociales e igualdad. Ahora se desempeña como reportera en México.

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