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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Un cero para la Agencia Tributaria

Para realizar determinadas operaciones a través de Internet es preciso que la Agencia Tributaria te facilite un certificado de usuario. Como me interesa obtenerlo para una sociedad de la que soy administrador, me encamino a una oficina de la Agencia. Tras coger tanda, por fin sale mi número en pantalla. El gozo es similar a cuando te toca un bingo. "A ver, fotocopia del DNI". Ya empezamos mal. A buscar un local donde hagan fotocopias y de vuelta a la Agencia. "Vale. Como el solicitante es una sociedad, necesita usted un certificado del Registro Mercantil que dé fe de la existencia de la sociedad, y otro certificado que acredite la vigencia de su cargo de administrador expedido como máximo 10 días antes de la solicitud del certificado". O sea, la Agencia Tributaria, no sé con que atribuciones, niega la validez de la escritura pública notarial que llevo en mano. Señores notarios, tomen nota: la Agencia Tributaria no otorga credibilidad alguna a estos actos de los que ustedes dan fe y guardan primorosamente en su protocolo.

En cualquier caso, y ya que no se fían de los notarios, debería ser la propia Agencia la que comprobase en el Registro Mercantil la existencia y vigencia de los datos de la sociedad y obrara en consecuencia otorgando o denegando el certificado de usuario. A esto se le llama principio de Administración única, y es un derecho del contribuyente. A lo otro, abuso de autoridad.

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